BRUSELAS, 10 (EUROPA PRESS)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) este martes que los países del bloque comunitario puedan prohibir y sancionar penalmente el servicio UberPop, que conecta a los usuarios con conductores no profesionales, sin notificar previamente a la Comisión Europea la legislación que tipifica como delito esta actividad.
La Justicia francesa mantiene encausada a Uber France por este servicio, pero la compañía defiende que la ley francesa sobre la que se fundamenta el caso constituye un reglamento técnico que debía haber sido notificado al Ejecutivo comunitario antes de su promulgación por ser un servicio de la sociedad de la información.
Ante esta alegación, el Tribunal de primera instancia de Lille preguntó al TUE si París estaba o no obligada a comunica a Bruselas el proyecto de ley.
El tribunal con sede en Luxemburgo ha dictado este martes que los Estados miembros pueden prohibir y sancionar penalmente el ejercicio ilegal de una actividad de trasporte como UberPop sin tener que notificar previamente a la Comisión Europea el proyecto de ley que tipifica como delito esta actividad.
El TUE recuerda que una sentencia anterior ya determinó que el servicio UberPop propuesto en España está comprendido dentro del ámbito del transporte y no constituye un servicio de la sociedad de la información. Según el tribunal, el servicio UberPop en Francia es "sustancialmente idéntico" al prestado en España, una afirmación que sin embargo debe comprobar la Justicia francesa.
A partir de esto, la Justicia europea deduce que no se aplica la obligación de notificación previa a la Comisión Europea, por lo que concluye que las autoridades francesas no estaban obligadas a comunicar a Bruselas el proyecto de ley.