El texto será publicado ahora en el BOE sin cambios en la polémica definición de productor independiente
MADRID, 22 (EUROPA PRESS)
El Pleno del Senado ha dado luz verde este miércoles, sin ningún cambio, al proyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual, que se ha tramitado por el procedimiento de urgencia, por lo que esta norma queda definitivamente aprobada y entrará en vigor con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
De este modo, la mayoría de la Cámara Alta ha dado por bueno el texto que venía del Congreso de los Diputados y ha decidido no incluir ninguna enmienda de los grupos proponentes. El texto ha salido adelante gracias al apoyo del PSOE y el PNV y la abstención del PP, como ya ocurriera en el trámite en comisión. En cambio, ha suscitado el rechazo de ERC, VOX, Más Madrid, Junts per Cataluña, Geroa Bai y EH Bildu, muy críticos por la negativa a introducir cambios en el Senado.
En su intervención, la senadora 'popular' Esther Basilia del Brío ha justificado la abstención de su grupo "porque el sector lo pide". "El sector al final prefiere una ley mala, rápida, antes que el vacío. Esa es la suerte que tiene muchas veces este Gobierno a la hora de sacar sus proyectos. Pero la mala suerte va a ser para el sector, para las autoras, los autores, los productores, los técnicos, los guionistas", ha señalado.
El portavoz del Grupo Parlamentario Vasco, Luis Uribe-Etxebarría, ha explicado su apoyo al proyecto del Ley por ser "notablemente mejor" que el que salió del Consejo de Ministros gracias al acuerdo alcanzado con el PNV, algo que no ha sido suficiente para ERC, que también había pactado con los socialistas medidas de protección de las lenguas cooficiales del Estado.
Al Pleno de la Cámara Alta se han llevado 12 votos particulares, dado que el dictamen del proyecto de Ley se aprobó la semana pasada en la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital sin debatir y votar ninguna de las 288 enmiendas presentadas por formaciones políticas como VOX, Junts per Cataluña, Compromís, Geroa Bai, Más País, MÉS per Mallorca, EH Bildu y ERC. El rechazo de las enmiendas presentadas, incluidas aquellas que pretendían modificar la polémica definición de producción independiente ha provocado las críticas de numerosos portavoces.
Por su parte, el PSOE ha justificado su rechazo a las más de 280 enmiendas a través de su portavoz en la materia, Olivia Delgado, quien ha indicado que "ningún caso se trata de aplicar ningún rodillo" y que han demostrado "con creces" que ponen por delante "el diálogo y el consenso" para mejorar las leyes, pero en este caso "la ley, como está, es una buena ley y es fruto del diálogo permanente".
PRINCIPIOS GENERALES DE LA LEY
La norma incluye unos principios generales aplicables a todo el ámbito audiovisual: la dignidad humana; la protección de los usuarios respecto de contenidos que atentan contra la dignidad de la mujer; la obligación de transmitir una imagen respetuosa y apreciativa de las personas con discapacidad; la promoción del pluralismo lingüístico existente en España; y la veracidad de la información. Asimismo, la Ley promueve la autorregulación y la corregulación en el ámbito audiovisual.
En relación con la protección de menores, la Ley obliga a todos los prestadores a facilitar información sobre el contenido que puede ser perjudicial para ellos mediante sistemas de calificación por edades y aquellos programas cuya calificación sea 'no recomendada para menores de 18 años' tendrán que emitirse entre las 22.00 horas y las 6.00 horas.
Entre otras cuestiones, la norma flexibiliza los límites de la publicidad en los servicios de televisión lineal (en abierto y de pago) de acuerdo con lo marcado en la directiva europea. Así, se pasa de un límite de 12 minutos por hora a un límite máximo de 144 minutos entre las 6.00 horas de la mañana y las 18,00 horas, y a un límite máximo de 72 minutos entre las 18.00 y las 24.00 horas.
En materia de promoción de obra audiovisual europea, se obliga a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo lineal a reservar al menos el 51% del tiempo de emisión a obras audiovisuales europeas. De ese porcentaje, el 50% se reserva a obras en la lengua oficial del Estado o en alguna de las lenguas oficiales de las comunidades autónomas. De esta subcuota, RTVE reservará un mínimo del 15% a obras audiovisuales en las alguna de las lenguas oficiales de las comunidades autónomas, teniendo en cuenta la población y reservando un 10% para cada una.
En el caso de los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo a petición deberán reservar un 30% de su catálogo a obras europeas. La mitad (15%) deberán ser obras en lenguas oficiales en España y, de esa subcuota, el 40% deberán ser obras audiovisuales en alguna de las lenguas oficiales de las comunidades, teniendo en cuenta la población y reservando, al menos, un 10% para cada una de ellas.
Por otra parte, en lo que se refiere a la financiación anticipada de la obra audiovisual europea, se establece una excepción al principio de país de origen, ya que cualquier prestador del servicio de comunicación audiovisual televisivo que ofrezca su servicio en España deberá contribuir a la financiación anticipada de la obra audiovisual europea.
PRODUCCIÓN INDEPENDIENTE
Los operadores obligados tendrán que destinar el 3,5% a obra audiovisual en cualquier formato, que deberá realizarse en la lengua oficial del Estado o en alguna de las lenguas cooficiales, frente al 0,9% actual; y, por otro lado, destinar el 2% a la financiación de cine de productor independiente, que deberá realizarse también en la lengua oficial del Estado o en alguna de las cooficiales, frente al 1,8% vigente.
No se ha modificado finalmente la polémica definición de productor independiente y que suscitó el rechazo de numerosos profesionales y asociaciones de productores del mundo del cine y la televisión. El sector de la producción independiente llegó a llevar sus reivindicaciones al Festival de Cannes y no descarta ir a Bruselas con sus reclamaciones.
El texto legislativo establece que la financiación de RTVE se realice con aportaciones de todos los agentes presentes en el mercado audiovisual que compiten por la misma audiencia: televisión lineal en abierto; televisión lineal de pago; prestadores de vídeo bajo demanda; y plataformas de intercambio de vídeos.
Finalmente, esta aportación deberán realizarla prestadores establecidos en España, así como los que estén en otro país de la Unión Europea, siempre que ofrezcan sus servicios en España. Asimismo, se elimina la aportación directa que realizan los operadores de telecomunicaciones por la parte de su negocio que no se corresponda a la actividad audiovisual.