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Imagen de placas solares.TOTALENERGIES

MADRID, 27 (EUROPA PRESS)

El Gobierno ha acordado modificar los hitos de la tramitación administrativa que deben cumplir los nuevos proyectos de energías renovables, que estableció el Real Decreto-ley 23/2020, concediendo hasta ocho años para obtener la Autorización Administrativa de Explotación.

En concreto, el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha acordado incrementar seis meses, hasta los 49 meses, el plazo para obtener la Autorización Administrativa de Construcción del proyecto.

Así, los promotores podrán prolongar desde los cinco hasta un máximo de ocho años el plazo para obtener la Autorización Administrativa de Explotación; para lo que sólo tendrán que indicar el semestre en que prevén la entrada en servicio de la instalación, con carácter vinculante. Asimismo, el plazo total máximo de tramitación para los parques eólicos marinos y los bombeos hidroeléctricos pasa a ser de nueve años.

En un comunicado, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico indicó que con esta modificación también se propicia "una incorporación ordenada" de las nuevas instalaciones que aumente la visibilidad de la senda para cumplir los objetivos nacionales de producción de energía limpia fijados para 2030 y beneficiar más a toda la economía en un contexto de creciente electrificación.

El sector de las renovables venía solicitando esta nueva prórroga en los hitos administrativos ya que consideraba prácticamente imposible alcanzar el plazo legal de tener en marcha cientos de proyectos para mediados de 2025.

Por otra parte, el Ejecutivo ha acordado que las subastas para otorgar el Régimen Económico de Energías Renovables puedan incluir criterios de adjudicación no económicos con una ponderación máxima del 30%, como la contribución a la resiliencia, la sostenibilidad ambiental, la innovación, el impacto socioeconómico del proyecto u otros aspectos que mejoren la integración de las renovables en el sistema eléctrico.

MÁS CAPACIDAD DE RED AL AUTOCONSUMO.

Por otra parte, el Gobierno también ha acordado como un avance adicional de la política de fomento del autoconsumo, y favoreciendo particularmente a las instalaciones de gran escala, ligadas a la actividad industrial, que el 10% de la capacidad de todos los nudos de la red de transporte de electricidad reservada para celebrar concursos de acceso, queda a su vez reservado para garantizar la evacuación de los excedentes de las instalaciones de autoconsumo.

Asimismo, se facilitará el acceso a los fondos para autoconsumo del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia con modificaciones puntuales en el Real Decreto 477/2021, habilitando a las comunidades autónomas -encargadas del reparto de fondos territorializados- a reducir la documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios de adjudicación.

RETRIBUCIÓN PARA LA COGENERACIÓN.

En lo que se refiere a las instalaciones de cogeneración, biomasa y tratamiento de residuos, cuyos costes de explotación dependen esencialmente del coste del combustible, y con el objeto de aportarles mayor certidumbre, el Gobierno ha aprobado los valores de referencia para calcular sus ingresos regulados a partir del próximo 1 de enero, como el precio de la electricidad y el gas en los mercados mayoristas.

Así, la retribución a la operación que percibirán estas de instalaciones durante el primer semestre de 2024 asciende a 685 millones para la cogeneración y el tratamiento de residuos, y 2,23 millones para la biomasa.

Estas cifras no implican sobrecoste con relación a las estimaciones de la propuesta de metodología para actualizar la retribución a la operación que inició su tramitación en noviembre.

Finalmente, se ha aprobado también un impulso al almacenamiento hidroeléctrico de energía. En este sentido, el Gobierno ha integrado el almacenamiento entre los usos del agua, ubicándolo en tercer lugar en el orden de preferencia establecido, por detrás del abastecimiento a poblaciones y el uso agrario, y por delante de la producción de energía eléctrica y de otros usos industriales.

Igualmente, se adaptan las concesiones de las centrales hidroeléctricas de bombeo para que se consideren como almacenamientos hidráulicos de energía y se propicie su repotenciación.

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