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El Juzgado de Primera Instancia número 1 de La Bañeza (León) ha condenado a Banco Santander a devolver un millón de euros por un depósito a plazo de Popular Banca Privada, con subyacentes de Banco Popular e Iberdrola, al entender que la entidad no cumplió con las obligaciones de información exigidas y comercializó el producto sin nombrar un agente de cálculo.
El cliente firmó un contrato financiero a plazo en junio de 2008 por un millón de euros y en 2012 renovó el contrato por cinco años más para evitar la pérdida de capital. El 19 de junio de 2018 le deberían haber liquidado el contrato, pero como Banco Popular fue intervenido el 7 de junio de 2017, el cliente perdió el capital invertido.
Según expone la jueza en su fallo, Popular Banca Privada no cumplió con sus obligaciones de información de las características y riesgos que entrañaba el producto contratado.
Además, el contrato designaba como agente de cálculo a BBVA, quien debía realizar los ajustes necesarios en las variables económicas pactadas en el contrato, en el caso de que durante su vigencia sobreviniese alguna circunstancia que afectase a cualquier valor del subyacente. "Pero el banco incumplió de manera flagrante y absoluta, puesto que nunca designó a BBVA como tal, según consta acreditado en la contestación remitida por la propia entidad BBVA, en la que indica que nunca actuó como agente de cálculo ni tuvo constancia de haber sido nombrado para tal comedido", recoge el fallo.
Cuando llegó el vencimiento del contrato, primero en 2012 y luego en 2017, los valores no fueron sustituidos por otros, dado que el agente de cálculo no existía. La jueza ve acreditado que fue el Banco Popular el que de manera unilateral hizo las funciones del agente de cálculo.
Por todo ello, la magistrada entiende que Popular Banca Privada fue negligente en el cumplimiento de sus obligaciones de diligencia, lealtad e información y, a su vez, negligente en el cumplimiento de sus obligaciones de seguimiento de la inversión e inflación permanente como comisionista, asesor de inversiones y custodio, por lo que ha condenado a Santander a indemnizar al demandante por los daños y perjuicios causados, equivalentes a la pérdida del valor de sus inversiones, que asciende a un millón de euros.
El socio director de Vallverdú Abogados, Rubén Cueto, ha asegurado que Popular Banca Privada colocó todos los productos estructurados denominados depósito "inventándose la existencia del agente de cálculo".
"Popular Banca Privada era la joya de la corona del Grupo Banco Popular y basaba su negocio en la gestión de este tipo de productos. Al ser nulos de pleno derecho, Popular Banca Privada apenas tendría valor, por lo que el Banco Santander se verá obligado a devolver cientos de millones de euros a las víctimas", ha sostenido el socio de Vallverdú Abogados.