La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado a Endesa Energía con 260.000 euros por irregularidades en la formalización de contratos de luz y gas natural, según ha informado este miércoles el organismo que preside José María Marín Quemada.
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En concreto, Competencia ha sancionado a la compañía con 170.000 euros por 17 infracciones leves (14 de ellas contrarias a la Ley del Sector Eléctrico y tres a la Ley del Sector de Hidrocarburos), a los que se suma otra multa de 90.000 euros por haber cambiado de compañía a un particular sin su consentimiento.
Durante la investigación llevada a cabo por la CNMC, el organismo ha detectado que Endesa Energía incumplió su obligación de contar en todo momento con la documentación que acredita la voluntad del cliente de cambiarse de suministrador para 14 contratos de suministro eléctrico. Igualmente, detectó esta práctica en otros tres contratos de suministro de gas natural, de los que tampoco disponía de la documentación exigida legalmente.
En consecuencia, la CNMC considera que la compañía cometió un total de 17 infracciones leves por incumplir sus obligaciones en relación con la formalización de los contratos de suministro de energía eléctrica y de gas natural.
Por otra parte, la CNMC recibió la denuncia de un consumidor, a través de la Consejería de Economía, Industria, Comercio del Gobierno de Canarias, que reclamaba que Endesa Energía le había cambiado de comercializador de electricidad sin su consentimiento en tres propiedades que previamente fueron de un familiar fallecido meses antes.
La CNMC insiste en que las comercializadoras de electricidad y gas natural deben cumplir los requisitos fijados por la Ley
En consecuencia, la compañía ha sido multada con 90.000 euros por haber cometido tres infracciones leves, según Ley del Sector Eléctrico.
Competencia recuerda que recientemente también ha sancionado a Endesa Energía con 30.000 euros por incumplir los requisitos de contratación con los clientes, y anteriormente, con otros 120.000 euros por dar de alta a clientes sin contar con su consentimiento. Meses antes, esta compañía también fue sancionada con 30.000 euros por una práctica similar.
La CNMC insiste en que las comercializadoras de electricidad y gas natural deben cumplir los requisitos fijados por la Ley cuando formalizan sus contratos y muy especialmente cuando se trata de consumidores vulnerables. Asimismo, recuerda que están prohibidas las ventas en el domicilio, salvo que exista petición expresa por parte de los consumidores y sea por iniciativa suya.
La CNMC obligó el pasado mes de septiembre a los principales grupos energéticos a cambiar su imagen de marca para que los clientes puedan distinguir entre la empresa comercializadora que ofrece la tarifa regulada en electricidad (PVPC) y gas (TUR) y la que actúa en el mercado libre.