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Apartamentos Plaza Mayor (Cáceres).BOOKING - Archivo

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado a Booking.com con 413,24 millones por abusar de su posición de dominio e infringir los artículos 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

En concreto, la compañía ha cometido dos abusos de su posición de dominio desde, al menos, el 1 de enero de 2019 hasta la actualidad al imponer varias condiciones comerciales no equitativas a los hoteles situados en España que emplean sus servicios de intermediación de reservas y restringir la competencia de otras agencias de viajes en línea que ofrecen sus mismos servicios.

Por ello, la CNMC impone a Booking.com dos multas de 206,62 millones por cada una de las infracciones únicas y continuadas de abuso de posición de dominio: la imposición de una serie de condiciones comerciales no equitativas a los hoteles situados en España; y la restricción de la competencia de otras agencias de viajes en línea a la hora de ofrecer servicios de intermediación en línea de reservas a los hoteles situados en España, respectivamente.

Además, le impone varias obligaciones de comportamiento para garantizar que ni las conductas que dieron lugar a las infracciones, ni otras que puedan producir un efecto equivalente, prosigan en el futuro.

Contra esta resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

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