- Liberbank, Banco Sabadell, Banco Popular y CaixaBank han sido los bancos más beneficiados
- Aun en el peor de los casos, si el TJUE conforma este criterio, la cláusula suelo seguirá siendo abusiva
- Los consumidores siguen teniendo derecho a la devolución de las cantidades desde mayo de 2013
El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha decidido avalar que se aplique una retroactividad 'limitada en el tiempo' en el cálculo de las cantidades que los bancos españoles deben devolver a los clientes afectados por las cláusulas suelo, que el Tribunal Supremo dictaminó que eran abusivas en 2013. Es decir, si el órgano europeo acata esta recomendación, los bancos no tendrán que devolver el dinero cobrado de más antes de esa fecha.
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Las "repercusiones macroeconómicas" asociadas a la amplitud con que se han utilizado estos años las cláusulas suelo justifican que se recomiende esta limitación, explica el dictamen. "En este contexto, el abogado general considera que, a título de excepción, las mencionadas repercusiones pueden justificar la limitación en el tiempo de los efectos de la nulidad de una cláusula abusiva, sin que se rompa el equilibrio en la relación existente entre el consumidor y el profesional", señala el comunicado enviado por el TJUE.
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1. ¿ES DEFINITIVA LA OPINIÓN DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA?
Hay que tener en cuenta que las opiniones del letrado, Paolo Mengozzi, no son vinculantes para el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE)
Hay que tener en cuenta que las opiniones del letrado, Paolo Mengozzi, no son vinculantes para el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En este sentido, habrá que esperar a la sentencia definitiva, prevista para final de 2016. No obstante, "sí es muy probable que la sentencia de finales de año vaya en la misma dirección", señalan sobre el tema los analistas de Bankinter. Por tanto, los afectados por las cláusulas suelo que todavía no hayan iniciado un procedimiento para reclamar a su banco o que ya lo hayan iniciado, conocerán la opinión definitiva del TJUE cuando se emita la sentencia.
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2. ¿QUÉ BANCOS SON LOS MÁS BENEFICIADOS POR EL DICTAMEN DEL TJUE?
A tenor de su comportamiento en bolsa, los bancos españoles más beneficiados por el dictamen del TUE son Banco Sabadell, Banco Popular y CaixaBank, ya que todos ellos suben más del 4% en el Ibex 35. Bankia y BBVA, que estaban menos expuestos a este asunto, suben alrededor del 1%, mientras Bankinter y Banco Santander, cuya exposición era nula, cotizan planos en el selectivo español. En el Mercado Continuo, destacan claramente las ganancias de Liberbank, que se dispara un 15% al ser uno de los bancos más expuestos a las cláusulas suelo.
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3. ¿AFECTA ESTE DICTAMEN A LAS RECLAMACIONES JUDICIALES YA INICIADAS?
La sentencia del Tribunal Supremo (español) sólo permite la devolución de los importes cobrados bajo este concepto irregularmente hasta la fecha de publicación de la misma, esto es, el 9 de mayo de 2013
Desde la Asociación de Consumidores FACUA señalan que "la sentencia del Tribunal Supremo (español) sólo permite la devolución de los importes cobrados bajo este concepto irregularmente hasta la fecha de publicación de la misma, esto es, el 9 de mayo de 2013. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dirime ahora sobre la legalidad de esta decisión, dado que contraviene la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores".
FACUA añade que "el abogado general del TJUE ha avalado que se aplique una retroactividad 'limitada en el tiempo' en el cálculo de las cantidades que los bancos deberán devolver a los afectados por las cláusulas suelo en España, unas prácticas declaradas abusivas por el Tribunal Supremo en mayo de 2013. Las opiniones del abogado general no son vinculantes para TJUE, que dictará sentencia sobre este asunto antes de finales de año, pero en la mayoría de los casos sus conclusiones coinciden con el fallo definitivo".
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4. ¿TIENEN LOS AFECTADOS EL DERECHO A RECUPERAR SU DINERO?
Desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), señalan que "esperamos que los jueces que forman el tribunal (TJUE), que comienzan ahora sus deliberaciones, dejen de lado los argumentos políticos y se limiten a aplicar la ley, una ley que establece claramente que la nulidad de una cláusula implica dejar sin efectos la misma como si nunca hubiera existido... lo que supone restituir las prestaciones al momento inicial.
En cualquier caso, la OCU añade que "aun en el peor de los casos, si el TJUE conforma este criterio, la cláusula suelo seguirá siendo abusiva y los consumidores siguen teniendo derecho a la devolución de las cantidades pagadas de más a partir del 9 de mayo de 2013".
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