El Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid ha dado la razón a Cepsa y ha desestimado la primera demanda presentada contra una gran petrolera por parte de un transportista que entendía que había pagado de más por el combustible debido a una supuesta práctica anticompetitiva, motivo por el que reclamaba una compensación de 6.300 euros, según consta en la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
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Wetselaar (Cepsa) advierte: el impuesto a las energéticas puede frenar inversionesEl demandante es un transportista que adquirió combustible en diversas estaciones de servicio de la red de Cepsa entre 2012 y 2018 y basaba su reclamación en una sanción impuesta en 2009 por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a Cepsa, Repsol y BP debido a la fijación de precios.
Según la resolución de la CNMC de 2009, las tres compañías habrían "fijado indirectamente el precio de venta al público a empresarios independientes que operan bajo su bandera, restringiendo la competencia entre las estaciones de servicio de su red y entre el resto de estaciones de servicio".
Así, el transportista cuantificaba en 6.299,92 euros el sobrecoste y los intereses derivados de la compra de combustible en las estaciones de Cepsa en el periodo señalado y en base a esa resolución de la CNMC.
Sin embargo, el Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid ha desestimado la demanda al entender que las premisas planteadas por la defensa del transportista son "erróneas", dado que entiende que no hay señales de que la infracción anticompetitiva en la que incurrió Cepsa se produjese de forma continuada más allá de 2009.
La sentencia puede ser recurrida y, además de desestimar la demanda, impone el pago de las costas a la parte demandante y absuelve a Cepsa del pago de los 6.300 euros que reclama el transportista.