• Tampoco en los préstamos hipotecarios concedidos al propio Estado
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El BOE ha publicado este viernes el decreto ley por el cual la banca, y no el cliente, tendrá que pagar el impuesto de las hipotecas. Como novedad respecto a lo anunciado, los bancos no pagarán el impuesto en los préstamos dados al Estado, la Iglesia, los partidos políticos o Cruz Roja Española, entre otras instituciones, administraciones públicas, fundaciones u ONG.

La nueva norma entra en vigor mañana sábado, según se recoge en el texto. La gran novedad con respecto a lo anunciado en el Consejo de Ministros es que el Gobierno ha cambiado otro artículo de la ley, de modo que la banca no tendrá que pagar el impuesto de las hipotecas (el impuesto de actos jurídicos documentados o IAJD) en los préstamos hipotecarios que conceda a una serie de entidades, entre ellas el Estado, la Iglesia y los partidos políticos.

Además, aunque se especifica que los bancos no podrán desgravarse el pago de este impuesto de Sociedades, esa medida no entrará en vigor hasta el 1 de enero.

El Gobierno apunta que la situación de incertidumbre generada hace necesario fijar de un modo preciso un marco jurídico que establezca las reglas de una actividad mercantil tan común como el contrato de préstamo con garantía hipotecaria. Así, el ejecutivo apela a su mandato constitucional de "garantizar a los ciudadanos sus derechos como consumidores, dentro de los que ha de entenderse el de contar con un marco jurídico estable y claro".

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