olivas bancaja

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado el archivo de actuaciones que dictó el pasado 17 de mayo sobre las preferentes de Bancaja de los años 1999 y 2000, cuando en línea con el criterio de la Fiscalía, afirmó que no se había acreditado que la entidad emitiera este producto financiero con objeto de engañar a los inversores.

En concreto, el auto confirma la decisión del magistrado Fernando Andreu, quien optó por archivar la pieza separada que había abierto en el caso Bankia para investigar el diseño y la comercialización de las preferentes de Caja Madrid y Bancaja y si hubo un deterioro en consecuencia para las entidades.

Los recurrentes consideran que sí se produjo deterioro y engaño y alegan que la venta de preferentes se acometió a sabiendas de que era imposible que los clientes pudieran obtener alguna rentabilidad. Sin embargo, aunque el magistrado reconoció "graves deficiencias", no encontró delito y en el caso de Bancaja, además, habría prescrito.

Ahora, el auto del que ha sido ponente la magistrada Ángeles Barreiro Avellaneda, concluye igualmente que "no existen elementos en el informe pericial que permitan afirmar el deterioro de la entidad" y "muestra de ello es que la emisión fue parcialmente canjeada a los preferentistas".

De este modo, confirma el archivo de la causa porque en línea con lo dictado por el juez Andreu en mayo, entiende que "no se ha acreditado, siquiera indiciariamente" que los emisores de las preferentes tuvieran conocimiento cuando lanzaron el producto de que la entidad se situaría en una situación de insolvencia que "despojaría de su inversión a miles de inversores".

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