• 870.000 euros por haber incurrido en prácticas como publicidad engañosa y cláusulas abusivas
  • Comiso de 5,36 millones de euros que la Junta considera que han sido cobrados ilícitamente
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Las comunidades autónomas de Andalucía y Madrid han impuesto a Telefónica multas de 6,23 millones de euros y 30.000 euros, respectivamente, por la primera subida de cinco euros aplicada en marzo de 2015 a sus paquetes de oferta convergente de Movistar Fusión.

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En concreto, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha resuelto este martes imponer una multa de 6,23 millones de euros a Telefónica tras la denuncia presentada por Facua en abril de 2015. En concreto, 870.000 euros son de multa por haber incurrido en prácticas como publicidad engañosa y cláusulas abusivas y el comiso de 5,36 millones de euros que la Junta considera que han sido cobrados ilícitamente, según Europa Press.

Facua celebra que por fin un gobierno autonómico haya decidido multar a Telefónica por este "fraude masivo" que afecta a unos cuatro millones de clientes en toda España, pero critica el reducido importe de la sanción en relación a las cantidades cobradas fraudulentamente.

Facua subraya que los usuarios han pagado ya hasta 166 euros de más por las tres primeras subidas aplicadas en las tarifas de Movistar Fusión

Según las estimaciones de la asociación, la compañía ha ingresado alrededor de 630 millones de euros extra con las sucesivas subidas de Movistar Fusión, de los que más de 110 millones provienen de usuarios andaluces y alrededor de 70 como consecuencia del primer incremento, el que ha sido objeto de sanción.

Facua reclamará a la Junta acceso al contenido del expediente sancionador y la posibilidad de recurrir su importe, al considerar que no se ajusta al beneficio ilícito obtenido por la compañía, e interpondrá otra denuncia ante la autoridad de protección al consumidor andaluza para reclamar nuevas sanciones y el comiso del beneficio ilícito obtenido por Telefónica con las dos subidas que aplicó con posterioridad a la que ha sido objeto de esta multa.

La asociación subraya que a día de hoy, los usuarios han pagado ya hasta 166 euros de más por las tres primeras subidas aplicadas en las tarifas de Movistar Fusión. La primera, de cinco euros, tuvo lugar en mayo de 2015; la segunda, de tres euros, fue en enero de 2016; y la tercera, de entre dos y cinco euros, en julio de este año. La compañía ha anunciado un nuevo incremento en algunas de sus tarifas de cinco euros para el próximo febrero.

MULTA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Por otro lado, la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid ha impuesto a Telefónica una "sanción pecuniaria de 30.000 euros" por la primera subida de cinco euros de los paquetes de Movistar Fusión tras una denuncia presentada por la Asociación de Internautas.

La Asociación de Internautas remarca que este fallo de la Comunidad de Madrid pone en evidencia que Telefónica "ha cometido una infracción

En la resolución, hecha pública por la asociación, señala que esta sanción tiene como objeto la tutela de los intereses generales de los consumidores, por lo que para la reparación individual de los daños y perjuicios el cliente debe acudir a los Tribunales de Justicia.

La Asociación de Internautas remarca que este fallo de la Comunidad de Madrid pone en evidencia que Telefónica "ha cometido una infracción, pues al realizar una oferta diciendo que era 'para siempre', convenció a muchos clientes de elegirles a ellos en vez de a la competencia".

En su denuncia, la Asociación de Internautas exigía que Telefónica retirase la publicidad de la subida de precios por contradecir la anterior y mostrar claramente el engaño que escondía para el consumidor.

A este respecto, incide en que, según la normativa europea, publicidad engañosa es "toda publicidad que, de una manera cualquiera, incluida su presentación, induce a error o puede inducir a error a las personas a las que se dirige o afecta y que, debido a su carácter engañoso, puede afectar su comportamiento económico o que, por estas razones, perjudica o es capaz de perjudicar a un competidor".

En marzo de 2015 Telefónica "sorprendía" con la noticia de que Movistar iba a subir cinco euros los precios de sus paquetes Movistar Fusión

Por este motivo, la organización presidida por Victor Domingo incide en que la oferta inicial "debería haber sido respetada para todos los clientes de Movistar Fusión desde la fecha de la promoción hasta ahora".

La Asociación recuerda que cuando se lanzó Movistar Fusión en septiembre de 2012, el presidente de Telefónica España, Luis Miguel Gilpérez, anunció que los precios de está oferta integrada de comunicaciones, "la más competitiva del mercado español", eran "finales y para siempre".

Sin embargo, en marzo de 2015 Telefónica "sorprendía" con la noticia de que Movistar iba a subir cinco euros los precios de sus paquetes Movistar Fusión, hecho que varias entidades denunciaron ante distintos organismos de la Administración Pública, pero que hasta el momento sólo habían recibido "respuestas negativas evitando el problema".

En concreto, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) respondió a la Asociación de Internautas que no veía eso como publicidad engañosa y Autocontrol desestimó entrar a conocer del asunto por entender que Telefónica había retirado voluntariamente el 'para siempre' de la publicidad que hizo de Movistar Fusión.

SENTENCIAS FAVORABLES A TELEFÓNICA

Desde Telefónica recuerdan que más de treinta juzgados de veinte provincias han dictado en los últimos meses sentencias favorables a Movistar

Ante estas sentencias, desde Telefónica recuerdan que más de treinta juzgados de veinte provincias han dictado en los últimos meses sentencias favorables a Movistar en las demandas por la modificación de los precios de Movistar Fusión que se aplicó el año pasado.

En este sentido, subrayan que son la práctica totalidad de las falladas hasta ahora, lo que muestra una "clara unidad" en el criterio de los distintos juzgados que las han visto, y hace "difícilmente creíble que la conducta haya sido ilícita", como ahora manifiesta la resolución recién conocida en Andalucía.

Además, añade que tal como se ha explicado en las alegaciones, y así lo reconocen estas sentencias, la compañía comunicó "debidamente y con la suficiente antelación" a sus clientes la modificación del precio del producto contratado, y facilitó la baja en el servicio, sin penalización alguna, en las semanas siguientes a la comunicación del nuevo precio".

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