• Los contribuyentes que han vendido una propiedad con pérdidas están en un mar de dudas
  • Los expertos recomiendan abonar el impuesto porque "la ley aún no ha cambiado"
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La resolución del problema surgido a raíz de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el impuesto que grava las ganancias en la venta de un inmueble (lo anuló en los casos en que hubiese pérdidas), conocido como plusvalía municipal, no parece estar cerca. El Gobierno aún debe tomar una decisión al respecto y modificar la ley. Para ello, ha mantenido diversas reuniones con los ayuntamientos, pero todavía no ha dado un paso al respecto. Y mientras tanto, los ciudadanos siguen sin saber qué hacer, si deben o no pagarlo, o si deben reclamar.

El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) fue declarado ilegal en los casos en los que no haya ganancias al vender una propiedad

Las dudas asaltan a todo aquel que haya vendido una propiedad, y no es para menos porque se desconoce la fecha en la que cambiará la ley, y porque en cada municipio los ayuntamientos recomiendan una cosa distinta. El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) fue declarado ilegal en los casos en los que no haya ganancias, lo que obliga a modificar en la Ley de Haciendas Locales, y esa tarea corresponde al Ejecutivo.

Parece que el cambio se producirá dentro de poco, toda vez que la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) ha aceptado ya el borrador elaborado por el Ministerio de Hacienda tras una larga negociación técnica entre ambas partes, y ahora sólo queda que el Gobierno lo apruebe en Consejo de Ministros y lleve la nueva normativa al Congreso para su tramitación parlamentaria. El problema es que no se ha fijado un calendario y se desconoce cuándo saldrá adelante. Y mientras tanto, los vendedores no saben qué hacer.

Desde Hacienda no aportan más datos. “Se va a intentar agilizar, ese ha sido siempre el compromiso del Gobierno”, remarcan fuentes del Ministerio consultadas, que reconocen que “de momento” no se puede adelantar nada, ni cuándo saldrán adelante los cambios en la plusvalía ni cuáles son los detalles de los cambios que se van a acometer en la normativa. Y desde la FEMP dicen lo mismo. Los municipios se escudan en que es “un borrador de Hacienda” y que no pueden dar datos sobre el mismo, aunque sí que piden “urgencia” a la hora de sacarlo adelante y avisan al departamento que dirige Cristóbal Montoro de que durante la tramitación parlamentaria propondrán una enmienda para pedir la creación de un fondo de compensación.

“El Constitucional dejó claro que el legislador tiene que legislar, nosotros somos meros cobradores. Los ayuntamientos han cobrado ese impuesto en función de la ley”, y en los casos que se enmarquen entre los considerados como cobros ilegales por el Constitucional habrá que devolver el dinero a los afectados, por lo que la FEMP cree que el Gobierno tendrá que “compensar” a los municipios por el dinero que van a 'perder'. “Ya habíamos avisado de que el impuesto estaba mal, no ha sido un fallo de los ayuntamientos, sino de una ley estatal”, insisten estas mismas fuentes, que remarcan que “cuanto antes se despeje esta incertidumbre, mejor”.

Una incertidumbre que pone en un auténtico brete a los vendedores que han transmitido una propiedad con pérdidas, que no saben si deben pagar el impuesto y reclamar, o reclamar directamente sin pagar. En cada ayuntamiento la gestión del problema está siendo muy distinta, y mientras que unos suspenden directamente el cobro del impuesto hasta que la situación se resuelva y haya un cambio normativo, otros siguen con los trámites como se hacía antes de conocer la sentencia del Constitucional, con la idea de solucionar el problema más adelante, una vez se haya modificado la Ley de Haciendas Locales y se haya definido correctamente el cálculo del impuesto y cuáles son los casos en los que se exime el pago.

LA RECOMENDACIÓN DE LOS EXPERTOS

Para aquellos que tengan dudas, los expertos recomiendan pagar. Nuria Diez Alonso, abogada de Legálitas, recuerda que, pese a la sentencia del Tribunal Constitucional, la Ley de Haciendas Locales aún no se ha modificado, por lo que todavía es obligatorio pagar la plusvalía incluso en los casos en los que la venta de un piso se haya hecho con pérdidas.

Pese a la sentencia del Constitucional la ley aún no se ha modificado. Todavía es obligatorio pagar incluso si hay pérdida

“Hay que ir al ayuntamiento y, si no se ha suspendido la obligación de pago hasta que se resuelva el tema de la plusvalía, hay que abonar el impuesto aunque se haya vendido con pérdidas”, señala esta abogada, que explica que en los casos en los que no se pague por la mencionada suspensión habrá que exigir al consistorio un documento que diga que el proceso queda paralizado y que no habrá recargos de ningún tipo.

Ayuntamientos grandes como el de Madrid, Barcelona, Valencia y Sevilla han optado por seguir cobrando la plusvalía y por decir a los afectados que, si quieren, reclamen después. A partir de ahí, comenta la experta, la tónica más repetida es la de la suspensión del procedimiento administrativo a la espera de que la ley cambie. Su recomendación es pagar y, si es posible, esperar a ver cómo se va desarrollando la situación para reclamar.

Diez Alonso explica que hay dos formas de pagar la plusvalía, y que de ellas dependerá si el afectado debe reclamar inmediatamente o puede esperar, refiriéndose, eso sí, a los casos en los que haya habido pérdida, porque si ha habido ganancia es obligatorio abonar el impuesto. “En los casos de que se haga por autoliquidación (es el propio contribuyente el que solicita pagar el impuesto en el plazo que le da el ayuntamiento), hay margen más amplio para reclamar, de cuatro años”, apunta la abogada, que dice que aquellos que deban pagar por el procedimiento de liquidación administrativa (el consistorio envía una carta donde especifica la cantidad a abonar y el plazo para hacerlo) no podrán esperar y tendrán que reclamar inmediatamente. “En estos casos hay un plazo de un mes, o de otra forma el acto será firme y ya no habrá nada que hacer”, señala.

E insiste en la importancia de pagar porque “la ley no ha cambiado” y porque cree que esa es la mejor forma de evitar los recargos -que pueden ser de hasta el 20% de la cantidad que haya que pagar-, los intereses de demora e, incluso, el embargo de los bienes (cuenta bancaria, sueldo...) por no abonar la plusvalía. Aunque señala que hay otra posibilidad: pedir un aplazamiento del pago, que debe ser concedido por el ayuntamiento en cuestión, y que supondrá que en el plazo acordado el gobierno municipal revisará el caso y decidirá si procede o no abonar la plusvalía. Eso sí, avisa de que si no se cumplen los requisitos para solicitar el aplazamiento habrá que “pagar con intereses de demora”.

“Esta puede ser una buena opción para aquellos que acaban de vender una propiedad”, apunta la abogada, que confía en que el asunto de la plusvalía quedará zanjado en el primer trimestre del año. “Hay un gran descontrol, y la solución de la plusvalía tiene que ser inminente porque está generando muchos problemas tanto a los ayuntamientos como a los contribuyentes”, señala Diez Alonso. Sea como sea, y se opte por la opción que se opte (pagar y reclamar, no pagar y reclamar, no pagar si hay suspensión del pago…) la abogada aconseja siempre a los afectados pedir todo por escrito, para evitar un susto en el futuro.

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