Extender a más sectores la llamada jubilación anticipada por peligrosidad. Es lo que el Gobierno ha empezado a negociar con patronal y sindicatos con el objetivo de nivelar las ventajas que supone este mecanismo con el que no existe una penalización en la pensión.
Actualmente, la Seguridad Social fija que "la edad ordinaria de jubilación puede ser rebajada o anticipada en aquellos grupos o actividades profesionales, cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad, siempre que los trabajadores afectados acrediten en la respectiva profesión o trabajo el mínimo de actividad que se establezca, se encuentren en situación de alta o asimilada a la de alta y cumplan los demás requisitos generales exigidos".
Esto incluye a los trabajadores del Estatuto Minero, al personal de vuelo de trabajos aéreos, a los trabajadores ferroviarios , artistas, profesionales taurinos, bomberos o policías. Pero la intención de la reforma es que más trabajadores puedan acogerse a esta jubilación anticipada.
El plan de trabajo entre Gobierno e interlocutores sociales se centra en la revisión del procedimiento de los coeficientes reductores de la edad de jubilación en actividades penosas o peligrosas, "que incorporarán indicadores objetivos para su determinación".
Desde UGT destacan que "no todas las actividades pueden llegar a esa edad" de jubilación fijada en 67 años y reconocen que no hay las mismas posiciones en cuanto a definir las ratios de penosidad, mientras que desde el Ejecutivo se plantea tener en cuenta la siniestralidad laboral.
En concreto, se propone tener en cuenta la incidencia, persistencia y duración de los procesos de baja laboral, así como las incapacidades permanentes o fallecimientos que se puedan causar.
La próxima reunión entre los agentes sociales y el departamento que dirige Elma Saiz está prevista para el próximo 4 de marzo.