El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha iniciado los trámites para regular el teletrabajo con el objetivo de eliminar algunos de sus inconvenientes, entre los que el departamento dirigido por Yolanda díaz ha identificado la posibilidad de que las empresas estén trasladando costes productivos a sus trabajadores sin ninguna compensación.
Así lo establece el texto que ha sacado a consulta pública el Ministerio de Trabajo, previa a la elaboración de un proyecto normativo consistente en la modificación y elaboración de las condiciones para prestar trabajo por cuenta ajena a distancia. El plazo para que todos aquellos interesados planteen sus aportaciones a la normativa concluirá el próximo 22 de junio.
Trabajo señala que el impacto real de estas formas de prestación u organización del trabajo se ha visto incrementada de manera exponencial por el impacto de la pandemia del Covid-19, lo que ha puesto de manifiesto sus ventajas y debilidades, así como la necesidad de que se aborde su regulación.
Otros posibles inconvenientes detectados por el Ministerio están relacionados con la protección de datos, brechas de seguridad, tecnoestrés, horario continuo, fatiga informática, conectividad digital permanente, mayor aislamiento laboral, pérdida de la identidad corporativa o deficiencias en el intercambio de información entre los trabajadores presenciales y los trabajadores a distancia. Por otro lado, entre las ventajas destaca la mayor flexibilidad en la gestión de los tiempos de trabajo y los descansos; conciliación de la vida laboral, personal y familiar, reducción de costes en las oficinas y ahorro de costes en los desplazamientos, productividad, racionalización de horarios; compromiso y experiencia del empleado, y la atracción y retención de talento.
También valora que esta forma de trabajo favorece la inserción laboral de personas con movilidad reducida y con responsabilidades familiares, además de que puede reducir el absentismo. Por ello, el objetivo de Trabajo es proporcionar una regulación suficiente que dé respuestas a diversas necesidades, equilibrando el uso de estas nuevas formas de prestación de trabajo por cuenta ajena y las ventajas que suponen para empresas y trabajadores.
CARÁCTER VOLUNTARIO Y REVERSIBLE
También quiere constituir un marco de derechos que satisfagan, entre otros, los principios sobre su carácter voluntario y reversible, el principio de igualdad de trato en las condiciones profesionales, en especial la retribución incluida la compensación de gastos, la promoción y la formación profesional, el ejercicio de derechos colectivos, los tiempos máximos de trabajo y los tiempos mínimos de descanso, y la distribución flexible del tiempo de trabajo.
Paralelamente, pretende regular los aspectos preventivos relacionados básicamente con la fatiga física y mental, el uso de pantallas de visualización de datos y los riesgos de aislamiento.
Por último, considera necesario introducir los elementos precisos para asegurar que el trabajo a distancia y el empleo de los dispositivos digitales y otras formas de trabajo en red, no supongan una desprotección o merma de los derechos a la privacidad, sin perjuicio de las formas de control empresarial que puedan ejercerse de acuerdo con las exigencias de la normativa de protección de datos y el Estatuto de los Trabajadores.
CONVENIOS COLECTIVOS
La Unión de Técnicos y Cuadros (UTC) de UGT reivindicó que los convenios colectivos comiencen ya a regular las condiciones del teletrabajo y se plasme en los mismos compensaciones para el trabajador si se le impone dicha situación.
En un comunicado, la UTC-UGT señaló que si el empresario impone al trabajador esta modalidad para desarrollar sus tareas tras el Covid-19 y no hay espacio físico disponible en las instalaciones de la compañía, pedirá mediante negociación colectiva que la empresa alquile dicho espacio y que pague al trabajador una tarifa fija por los costes asociados al teletrabajo. Además, si no se proporciona el equipo de trabajo adecuado, UGT pedirá que la empresa reembolse ese gasto al trabajador e incluso, una posible deducción fiscal por los costes de teletrabajo "siempre y cuando éste se realice de manera permanente y con un máximo anual que se negocie en el convenio colectivo".
El sindicato también consideró que en la negociación colectiva sobre las condiciones laborales en el trabajo a distancia se debe recoger el derecho a la desconexión, el control horario y el pago por horas extraordinarias. "No podemos permitir que los empresarios aprovechen la oportunidad para imponer el teletrabajo como medio para ahorrar en costes a cuenta de los trabajadores, socavando sus condiciones de trabajo y vulnerando el derecho a la desconexión digital", afirmó UGT.