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EUROPA PRESS/E. Parra. POOL - Europa Press

Gobierno y agentes sociales han logrado un principio de acuerdo para reformar el sistema de pensiones, en virtud del cual se actualizarán las pensiones contributivas en función del IPC y se intentará acercar la edad efectiva de jubilación (64,6 años) a la edad legal mediante un endurecimiento de las jubilaciones anticipadas y mayores incentivos al retraso de la jubilación.

Se trata de la primera pata de la reforma de pensiones comprometida con Bruselas en el componente 30 del Plan de Recuperación y con ella se suprimen dos de los aspectos más polémicos de la reforma de pensiones de 2013: el índice de revalorización de las pensiones (IRP), que limitaba su subida anual a un 0,25% en situaciones de déficit, y el llamado factor de sostenibilidad.

En este sentido, el mecanismo de equidad intergeneracional que reemplazará al factor de sostenibilidad deberá definirse en los próximos meses y operará a partir de 2027.

El acuerdo, que se aprobará como anteproyecto de ley, garantiza el mantenimiento del poder adquisitivo de la pensiones contributivas, incluidas las mínimas, al vincular su revalorización anual con la variación interanual media del IPC de los 12 meses anteriores a diciembre del año anterior. Si esta variación fuera negativa, el importe de las pensiones no variará al comienzo del año.

CCOO y UGT han destacado en un comunicado conjunto que, al suprimir la reforma de 2013, "se devuelve el sistema de pensiones a la garantía de la suficiencia de las prestaciones tanto de los actuales pensionistas como para los futuros jubilados". La CEOE, por su parte, aún debe dar el visto bueno el texto en sus órganos de dirección.

El acuerdo subraya el papel del Estado como garante público del sistema de pensiones, incluyéndose en la Ley General de Seguridad Social una cláusula mediante la que anualmente se realizará una transferencia a través de los Presupuestos Generales del Estado de cerca de un 2% del PIB (unos 21.000 millones de euros).

El acuerdo de pensiones incluye también medidas orientadas a una revisión del modelo de jubilación anticipada. Según los sindicatos, se reducen de forma generalizada los coeficientes reductores, se da mayor equidad a las reglas de jubilación anticipada voluntaria e involuntaria, y se amplían los derechos de jubilación en varias modalidades.

La reforma iguala además los derechos vinculados a los periodos de servicio social femenino obligatorio al que ya disfrutaban los del servicio militar, al tiempo que refuerza el sistema de incentivos para garantizar la adecuación voluntaria de la edad efectiva y legal de jubilación.

Asimismo, se incluye una batería de medidas por la que se reconocen nuevos derechos o se amplían algunos de los que ya existían, entre los que destaca la equiparación de la pensión de viudedad para las parejas de hecho, la extensión del derecho a cotización por todos los programas de formación (becas) vinculados a estudios universitarios o de formación profesional, tengan o no carácter remunerado, y la mejora de los convenios especiales de cuidadores familiares de personas en situación de dependencia, entre otros.

"CERTIDUMBRES" PARA LOS PENSIONISTAS

El secretario general de CCOO, Unai Sordo, ha destacado que el acuerdo lanza "certidumbres" tanto para los actuales como para los futuros pensionistas y deja para una siguiente fase materias importantes como el destope de las cotizaciones máximas. El responsable de pensiones de CCOO, Carlos Bravo, ha mostrado su satisfacción por el acuerdo alcanzado por la "tranquilidad" que supone para los pensionistas, a los que se envían mensajes "muy positivos", entre ellos la garantía de su mantenimiento de poder adquisitivo y el refuerzo de la financiación del sistema.

Desde UGT, la secretaria de Políticas Europeas, Mari Carmen Barrera, ha subrayado la importancia del acuerdo, "uno de los más importantes de la última década en materia de diálogo social", y ha destacado que es un acuerdo "bueno" para los pensionistas, que "no gusta a los apóstoles de los recortes" porque conlleva más y mejores pensiones, sin necesitar pensiones privadas. "El acuerdo es bueno porque es la antítesis de la reforma de 2013 y porque es un acuerdo inteligente, equilibrado y con mejoras en todos y cada uno de los órdenes, para los pensionistas y para el sistema", ha añadido Barrera.

JUBILACIÓN ANTICIPADA, DEMORADA Y ACTIVA

La reforma contempla cambios en los coeficientes reductores de la jubilación anticipada voluntaria, de forma que para quienes tengan cotizados menos de 38 años y 6 meses, adelantar su jubilación 24 meses supondrá una reducción en su pensión de entre el 21% y el 3,26% (1 mes antes), y para los que tengan más de 38 años cotizados y 6 meses, pero menos de 41 años y 6 meses, la reducción máxima será del 19% (24 meses) y la mínima del 3,11% (1 mes).

Por su parte, el coeficiente reductor pasará a ser del 17% si los que tienen más de 41 años y 6 meses cotizados, pero menos de 44 años y 6 meses, se jubilan dos años antes. Si lo hacen un año antes, la reducción será del 2,96%. Por último, los que tengan más de 44 años y medio cotizados tendrán una reducción del 13% por jubilarse dos años antes y del 2,81% un mes antes. Los nuevos coeficientes reductores incluidos en esta reforma se aplicarán sobre la cuantía de la pensión.

El texto modifica la regulación de la jubilación anticipada no imputable al trabajador (involuntaria). Así, las personas que trabajen en empresas cuyos centros de trabajo no se consideren móviles o itinerantes y que sean despedidas por rechazar un traslado que implique cambio de residencia podrán acceder a la jubilación anticipada si cumplen los requisitos establecidos para acogerse a esta modalidad de jubilación.

También podrán acceder aquellos trabajadores que sean despedidos tras imponerle su empresa una modificación sustancial de sus condiciones de trabajo. En estos casos, se aplicarán una serie de coeficientes reductores por cada mes o fracción de mes en la que se adelante la edad legal que oscilarán desde el 0,50% de reducción por un mes de adelanto si se tienen cotizados 44 años y seis meses o más hasta el 30% de reducción que se aplicará por adelantar la jubilación cuatro años (48 meses) si el periodo de cotización es inferior a 38 años y seis meses.

En el caso de la jubilación demorada, la reforma contempla que no se cotizará por contingencias comunes, salvo por incapacidad temporal, a partir del cumplimiento de la edad de jubilación ordinaria que corresponda en cada caso.

También ofrece tres tipos de incentivos para el retraso de la jubilación, a elegir por el trabajador, por cada año de demora: un porcentaje adicional del 4% (que se sumará al que corresponda de acuerdo con el número de años cotizados y se aplicará a la respectiva base reguladora a efectos de determinar la cuantía de la pensión); una cantidad a tanto alzado (pago único) en función de la cuantía de la pensión y premiando las carreras de cotización más largas, o una combinación de estas dos medidas. El pago único oscilará entre un mínimo de 4.786,27 euros y un máximo de 12.060,12 euros.

Por otro lado, se exigirá como condición para acceder a la jubilación activa el transcurso de al menos un año desde el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.

La reforma de pensiones prohíbe establecer cláusulas de jubilación forzosa para trabajadores de menos de 68 años a partir de la entrada en vigor de la misma.

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