• Los jueces siempre han dado la razón a los clientes con sus reclamaciones, pero sin retroactividad
  • El Tribunal de Justicia de la Unión Europea debe pronunciarse sobre el informe de Bruselas
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La Comisión Europea ha emitido un informe en el que pide que se devuelva el dinero cobrado por aplicar las cláusulas suelo desde el inicio del crédito, y no sólo desde mayo de 2013 como dictó en su momento la sentencia del Tribunal Supremo que condenó a tres bancos a devolver este dinero sin carácter retroactivo.

El informe de Bruselas tumba así una sentencia del Tribunal Supremo que condenó a las entidades a reintegrar lo cobrado sin carácter retroactivo

Según informe El País, el informe de Bruselas tumba así la sentencia del Tribunal Supremo que el 9 de mayo de 2013 condenó a las entidades a reintegrar lo cobrado a partir de esa fecha, sin carácter retroactivo. El análisis de Bruselas indica que no entiende cómo es posible que los tribunales nacionales puedan moderar la devolución del dinero que ha pagado un consumidor por una cláusula que es declarada nula. Ya que en este caso, "lo es desde el origen". Los afectados, explica El País, son BBVA, Cajamar y Abanca, aunque el sector financiero teme que al final afecte a todos los bancos.

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La Comisión Europea critica así el argumento del Tribunal Supremo en un informe de 22 folios que ha llevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, y que se ha realizado en respuesta a un caso de CajaSur, filial de Kutxabank, según el rotativo de Prisa. Sin embargo, no hace referencia a BBVA, Cajamar y Abanca, que fueron condenadas por el Supremo después de quela organización de consumidores del sector bancario Ausbanc interpusiera sendas denuncias.

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El escrito al que ha tenido acceso El País asegura que "el cese en el uso de una determinada cláusula declarada nula por abusiva, como consecuencia de una acción individual ejercitada por un consumidor, no es compatible con una limitación de los efectos de dicha nulidad". "Según los artículos 6.1 y 7.1 de la directiva 93/13/CEE, no es posible que los tribunales nacionales puedan moderar la devolución de las cantidades que ya ha pagado el consumidor en aplicación de una cláusula declarada nula desde el origen por defecto de información y/o transparencia", asegura el informe, con alto contenido jurídico.

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CLÁUSULAS SUELO... PARA NO REDUCIR LAS HIPOTECAS

Las cláusulas suelo se refieren a cláusulas en los contratos de los préstamos hipotecarios por los cuáles hay un mínimo a pagar de cuota. De esta forma, si el Euríbor u otro indicador con el que esté referenciada la hipoteca bajaba, los hipotecados sólo se beneficiaban hasta que alcanzara el mínimo establecido en el contrato, algo que sucedió cuando el Banco Central Europeo (BCE) redujo los tipos de interés hasta el 0,05%.

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Los jueces españoles habían dado la razón siempre a los clientes, pero sin carácter retroactivo

Miles de afectados han reclamado en los juzgados que les devuelvan el dinero que han pagado de más respecto a si no hubiera habido cláusula suelo en la hipoteca. Los jueces españoles habían dado la razón siempre a los clientes, pero sin carácter retroactivo. Es decir, ateniéndose a la sentencia del Tribunal Supremo, los consumidores sólo podían recuperar el dinero a partir del 9 de mayo de 2013. Según datos de El País hay 2,5 millones de hipotecas con suelos, y si se aplicara en todos los casos, la industria bancaria se enfrentaría a la devolución de miles de millones de euros.

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¿QUÉ DIRÁ EL TRIBUNAL DE JUSTICIA?

El siguiente paso a partir de ahora es que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea evalúe el informe de la Comisión Europea, estudie sus implicaciones y se posicione.

Más allá de lo que pueda acarrearle en cifras a la banca de forma directa, fuentes jurídicas del sector financiero consultadas por El País creen que esto tiene repercusiones en cuanto a la reputación que afectarán a todo el sector.

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