El sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) ha informado este miércoles de siete medidas que se han adoptado durante la pandemia que influirían en el importe final de la declaración de la Renta de este año. Es por ello que recomiendan ajustar en estos últimos meses del año las retenciones fiscales de los contribuyentes que hayan recibido ayudas para frenar la crisis económica y social.
1. Los técnicos apuntan que los trabajadores a los que se les ha aplicado un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), aunque cobren menos de 22.000 euros anuales, tendrán que presentar la declaración al tener dos pagadores, y muy probablemente les saldrá a ingresar. Gestha aconseja que, si los contribuyentes no tienen capacidad de ahorro, soliciten un incremento de las retenciones sobre la nómina de diciembre a sus respectivas empresas para evitar "sorpresas" en junio de 2021.
El colectivo explica que los trabajadores en situación de ERTE que cobren menos de 22.000 euros no tendrán obligación de declarar si no reciben de otros pagadores más de 1.500 euros en el año. El límite para declarar es de 14.000 euros con más de un pagador en caso contrario.
2. Por otro lado, Gestha informa que las mujeres con hijos menores de tres años, con derecho a la aplicación del mínimo por descendiente, podrán abaratar la cuota diferencial del IRPF hasta en 100 euros al mes por cada hijo, siempre que realicen una actividad la cual estén dadas de alta en el régimen de la Seguridad Social o Mutualidad.
En cambio, en el caso de los ERTE, la trabajadora dejaría de cumplir los requisitos para disfrutar de la deducción por maternidad, salvo que realizara un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial en supuestos temporales de regulación de empleo. En esta misma situación se encontrarían las autónomas durante los meses en los que hayan tenido que cerrar su actividad.
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3. En cuanto a la imputación de rentas inmobiliarias durante el Estado de alarma, Gestha apunta que la Ley del IRPF establece la imputación de rentas inmobiliarias, excluyendo la vivienda habitual. Y subraya que la Agencia Tributaria considera que lo que genera la imputación de rentas es la disponibilidad de la segunda vivienda, y no la utilización efectiva de ella. Por tanto, a pesar de no haber podido disfrutar de la segunda vivienda, la imputación de ingresos no se altera por el confinamiento del contribuyente.
4. Sobre el alquiler de inmuebles durante el estado de alarma, los técnicos sugieren que los acuerdos voluntarios alcanzados entre arrendadores e inquilinos para rebajar la renta, al decretar el estado de alarma y su posterior crisis, tendrán incidencia en la declaración de Renta 2020, ya que el arrendador reflejará como ingresos los nuevos importes durante los meses correspondientes.
De igual manera, en el caso de que ambas partes hubiesen acordado diferir el pago de la renta, también tendría incidencia en la declaración de la renta. Más concretamente, Gestha aclara que el arrendador imputará los ingresos de estos meses en función de los nuevos plazos acordados. Además, debe tomarse en cuenta que seguirán siendo deducibles los gastos necesarios y que no procederá la imputación de rentas inmobiliarias, aunque no se perciban las rentas del alquiler.
5. En otro punto, las subvenciones o ayudas recibidas tendrán que declararse, tanto las recibidas para las actividades de los autónomos como el ingreso mínimo vital, el 'Plan Renove' para la adquisición de vehículos, subvenciones del Plan Estatal de Vivienda y otras de las comunidades autónomas, los préstamos subvencionados de la IDAE, las subvenciones a salas de cine, o las ayudas del Fondo Covid-19 distribuidas por las comunidades autónomas. Para estas subvenciones y ayudas públicas será obligatorio presentar la declaración de Renta si las rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del Tesoro y demás ayudas superan en conjunto los 1.000 euros anuales.
6. En cuanto a los autónomos, Gestha señala que hay actividades, en función del área en que se hayan realizado y las consecuencias que hayan sufrido durante la primera ola de la pandemia, a las que probablemente se podría autorizar la reducción de los índices o módulos por circunstancias excepcionales de aquellos empresarios que no han renunciado a este régimen de módulos con el primer pago fraccionado de 2020. Esta decisión, por tanto, no afectaría a los que renunciaron a los módulos y tributan en el método de estimación directa en 2020.
7. En último lugar, el sindicato recuerda que los donativos al Tesoro Público para financiar los gastos ocasionados por la crisis sanitaria deducen un 80%en el IRPF de los primeros 150 euros donados, y un 35% a partir de esa cantidad. Estos porcentajes se han incrementado desde el 1 de enero de 2020 también para todas las donaciones a ONGs y entidades beneficiarias del mecenazgo.