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Rejas en las puertas de una Oficina de Empleo Jesús Hellín - Europa Press

El objetivo del Gobierno es “desescalar los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTES)”, según han informado fuentes del Ejecutivo, frente a las prórrogas de seis meses e, incluso, hasta diciembre que pide parte del empresariado. Esta voluntad encaja con lo avanzado este viernes por la vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y para la Transformación Digital, Nadia Calviño, quien ha reiterado que el Gobierno está trabajando con los agentes sociales para ver de qué modo se acompasa el plan de desescalada con las medidas extraordinarias vigentes en el empleo.

Las mismas fuentes han insistido en estos contactos con patronales y sindicatos con el fin de alcanzar la mejor manera de “incentivar la recuperación de la actividad”. También han explicado que los detalles “serán presentados más adelante”. "Es un proceso complejo, porque tenemos que lograr incentivar la recuperación de la actividad económica e incentivar la readmisión de los trabajadores", indicó por su parte Calviño.

La desescalada del confinamiento que empieza el 4 de mayo obliga a las empresas a incorporar fuertes restricciones y medidas de seguridad que no garantizan el funcionamiento a plena capacidad. Por este motivo, el empresariado presiona al Gobierno para que amplíe los ERTEs de fuerza mayor a los que muchas compañías y negocios se han acogido durante los dos últimos meses. El Ministerio de Trabajo ha publicado una guía este viernes en la que da algunas pistas sobre los criterios que se deben aplicar en la vuelta a la “nueva normalidad”.

Así, en un documento oficial de la Dirección General de Trabajo, indica que se pueden mantener las condiciones laborales actuales durante las ocho semanas durante las que se prevé que se reinicie la economía tras el parón por la pandemia. Eso sí, invita a las empresas a “facilitar el tránsito hacia las reducciones de jornada, que suponen un menor impacto económico sobre la persona trabajadora y permitirán atender a la paulatinamente creciente oferta y demanda de productos y servicios de las empresas”. Por este motivo, explica que “será posible alterar la medida suspensiva inicialmente planteada”.

En definitiva, recoge el texto que “las empresas que estuviesen aplicando las medidas de suspensión o reducción de jornada pueden renunciar a las mismas, de manera total o parcial, respecto de parte o la totalidad de la plantilla, y de forma progresiva según vayan desapareciendo las razones vinculadas a la fuerza mayor”.

El criterio dice que la definición concreta de las causas objetivas que integran la fuerza mayor por coronavirus, recogida en el Real Decreto Ley, por el que se estableció el estado de alarma, responden a una causa "externa y perentoria cuyos efectos y ámbitos concretos son decididos en cada momento por las autoridades competentes por razones de salud pública". Esto, según Trabajo, tiene como consecuencia que las distintas medidas puedan ser aplicadas con una intensidad y graduación paulatina y diferenciada.

Así, esta definición ajustada de un escenario de crisis, "no solo permite, sino que hace aconsejable, que las suspensiones o reducciones que se hubiesen adoptado con arreglo a un mayor rigor en la exigencia del confinamiento se vayan dejando de aplicar y sean modificadas en su alcance de acuerdo con la propia evaluación de la situación de emergencia sanitaria, las previsiones de desescalada y los factores a los que responde".

En este sentido, Trabajo afirma que se tiene como precedente de lo anterior la interrupción de actividades no esenciales decretada por el Gobierno del 30 de marzo al 9 de abril y en el que muchas empresas se vieron abocadas a solicitar expedientes de regulación de empleo por causa de fuerza mayor temporal para garantizar la extensión del confinamiento y la restricción de movimientos.

"Las exigencias documentales y de procedimiento deben ser imprescindibles", apunta, tras resaltar que bastará con comunicar a la autoridad laboral la renuncia a la medida autorizada o comunicada, ante una recuperación íntegra de la actividad, y trasladar a la entidad gestora de las prestaciones la situación de afección y desafección de cada uno de los trabajadores. De hecho, remarca que el ERTE garantiza un tránsito "no traumático" hacia una normalidad futura en la que las medidas coyunturales han dejado de ser necesarias.

En resumen, el criterio dice que toda la normalidad adoptada por el coronavirus, cuyo pilar o eje fundamental está constituido por medidas de ajuste interno de las empresas, "tiene como objetivo mantener el empleo y proteger a los trabajadores y flexibilizar y agilizar los mecanismos que son imprescindibles para lograrlo".

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