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De izquierda a derecha: Ana Martínez, César Chaves y Cristina Bermejo (CCOO), Natalia infantes (Broseta), César González (AEVEA), Alberto Fernández (Broseta), Beatriz González-Quevedo (AEVEA), Carolina Martín y Rubén García (UGT).AEVEA

La patronal de las agencias de eventos firma con CCOO y UGT el primer convenio estatal, que tendrá vigencia desde 2025 hasta 2027

MADRID, 23 (EUROPA PRESS)

Más de 5.000 trabajadores de organización de eventos se acogerán al primer convenio colectivo estatal del sector, que tendrá vigencia desde 2025 hasta 2027, y que contempla una jornada laboral de 37,5 horas semanales para el año 2027, así como un complemento de flexibilidad para las jornadas irregulares que llegará al 10% en ese año.

Así se desprende del convenio firmado por las Agencias de Eventos Españolas Asociadas (Aevea), la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras (FSC-CCOO) y la Federación Estatal de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT (FESMC-UGT).

En concreto, dicho convenio que será de obligatoria aplicación en todo el territorio nacional a la actividad de agencias y/o empresas organizadoras de eventos corporativos e institucionales, describe los grupos profesionales y sus funciones y ordena y fija la jornada de trabajo en el sector, la cual irá disminuyendo conforme transcurran los años de vigencia de la norma.

RECOGE LA DISTRIBUCIÓN IRREGULAR DE LA JORNADA

En concreto, para 2025 fija una jornada semanal de 38,5 horas; en 2026 de 38 horas y de 37,5 horas a la semana en 2027. Además, a través de esta negociación, la parte social ha conseguido que este nuevo texto introduzca unas tablas salariales superiores a los distintos convenios que se estaban aplicando en el sector, ante la falta de una regulación adecuada y adaptada a las necesidades de la actividad.

De la misma manera, actualiza todos los permisos recogidos en el ámbito de la conciliación y de los cuidados. Debido a la particularidad de la organización de eventos, este novedoso marco jurídico laboral recoge la distribución irregular de la jornada, que supondrá la posibilidad de flexibilizarla de acuerdo a las necesidades del sector, con lo que implementa un complemento de flexibilidad, que se abonará mensualmente a razón de un 5% del salario base mensual en 2025; un 7,5% en 2026 y un 10% en 2027.

Así, se podrá adaptar la jornada laboral al volumen de trabajo en las empresas, estableciendo límites semanales, mensuales y trimestrales. Dicho convenio supone un "hito relevante" para el sector que, hasta la fecha, no contaba con un convenio colectivo propio adaptado a las características y particularidades de esta actividad.

PUNTO DE INFLEXIÓN PARA LA INDUSTRIA Y SUS TRABAJADORES

De esta manera, según ha indicado Aevea, tras un proceso negociador de año y medio, patronal y sindicatos han concluido con la firma de este convenio, que "llega en un momento de recuperación de la actividad y de buenas perspectivas de futuro", y que recoge en un solo marco jurídico laboral los derechos y condiciones sociolaborales de más de 5.000 personas trabajadoras del sector.

El presidente de Aevea, César González, ha resaltado que "la firma de este convenio supone un punto de inflexión para la industria y sus trabajadores, que verán protegidos sus derechos laborales y establecidas sus condiciones de trabajo de forma vinculante; siempre dentro de un marco equitativo y justo".

"Con un convenio propio, podremos marcarnos nuevos retos a nivel institucional, así como con otras organizaciones y entidades, para impulsar nuestro posicionamiento en el sector", ha añadido González. El nuevo convenio entrará en vigor una vez sea registrado ante la autoridad laboral y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y tendrá vigencia desde 2025 hasta 2027.

Al finalizar dicho período, el convenio se entenderá prorrogado de año en año, siempre que no sea denunciado por cualquiera de las partes legitimadas. Las empresas afectadas por el presente convenio dispondrán de un plazo máximo de seis meses para llevar a cabo su adaptación desde la publicación del mismo en el BOE, si bien, en cuanto a la estructura y condiciones salariales, su aplicación tendrá carácter retroactivo con efecto desde el 1 de enero de 2025.

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