MADRID, 2 (EUROPA PRESS)
El Ministerio de Hacienda ha modificado el contenido de la memoria de la cuenta de la Administración General del Estado (AGE), a través de la aprobación de una orden, con la que se cambian, entre otras normas, la Instrucción de Contabilidad de la AGE para incorporar, en la información sobre avales y otras garantías, las recomendaciones puestas de manifiesto por el Tribunal de Cuentas en su informe sobre los avales concedidos por la AGE.
La orden, publicada en el BOE el pasado 28 de julio, implica la modificación de diversas órdenes del Ministerio de Economía y Hacienda, entre ellas una de 2011 referida a la Instrucción de contabilidad para la Administración General del Estado (AGE), y a la que se refiere la recomendación del Tribunal de Cuentas.
Tras la fiscalización de la gestión y el control de los avales concedidos por la AGE, el informe del Tribunal de Cuentas señalaba, entre sus conclusiones, que el modelo de información contable de la AGE establecido en las dos últimas instrucciones de la Intervención General de la Administración del Estado, en 2002 y en 2011, tenían "importantes carencias" en la memoria de la Cuenta de la Administración General del Estado.
Entre ellas, no incluir detalles sobre las variaciones que se han producido como consecuencia de operaciones que han sido avaladas con diferencias de cambio o con tipos de interés variable o no informar sobre la cuantía de los avales que fueron autorizados, ni de los otorgados.
La nueva orden incluye tres artículos, con los que se modifica la Instrucción de contabilidad para la Administración General del Estado, haciendo referencia, de forma concreta, al contenido de la memoria de la Cuenta de la Administración General del Estado para dar cabida a las recomendaciones formuladas por el Tribunal de Cuentas.
En concreto, el Tribunal de Cuentas recomendaba en su informe que la Intervención General de la Administración del Estado promoviera las modificaciones normativas que fuesen necesarias para que, entre otras cuestiones, la memoria de la Cuenta de la Administración General del Estado reflejara aquellas otras garantías concedidas por el Estado -distintas de los avales- a operaciones no crediticias que pudieran comportar riesgos similares a los adquiridos mediante el otorgamiento de avales.
Entre otras, las garantías del Estado para obras de interés cultural reguladas en la disposición adicional 9 de la ley de 1985 de Patrimonio Histórico Español, así como que estableciera, en relación con los avales, la diferenciación entre el riesgo por el principal y por los intereses, y que incluyera las variaciones por diferencias de cambio y por intereses variables.