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Pide un régimen transitorio mínimo de dos años si se aprueba por ley y plantea, como alternativa, un gran acuerdo de sindicatos y empresarios

MADRID, 1 (EUROPA PRESS)

La Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) advierte en un estudio difundido este lunes de que rebajar "forzosamente" por ley la jornada laboral máxima a 37,5 horas semanales en 2025 elevará los costes salariales de "buena parte" de las empresas y fomentará, como efecto colateral, el uso de las horas extraordinarias.

En un artículo elaborado por José Ignacio Conde-Ruiz, Jesús Lahera y Analía Viola, los expertos de Fedea argumentan que "esta iniciativa política unilateral" afectará al 67% de los trabajadores, algo más de 14,2 millones de ocupados, o al 74% de los trabajadores protegidos por convenio, todos ellos con jornadas superiores actualmente a las 37,5 horas semanales.

Para Fedea, esta medida que quiere implantar al Gobierno con o sin acuerdo social parte de dos premisas "discutibles": que se necesita una ley para reducir la jornada laboral y que esta medida eleva la productividad y no afecta a los costes unitarios de producción.

En su artículo, Fedea trata de desmontar ambas premisas. Así, sostiene que España tiene una jornada legal máxima dentro de los márgenes habituales en Europa, teniendo además la negociación colectiva "toda la capacidad para reducirla y distribuirla con gran flexibilidad".

De hecho, subraya que, gracias a la negociación colectiva, la jornada laboral semanal media en España se sitúa entre las 37 y las 38 horas, el equivalente a 1.700-1.752 horas anuales.

Fedea argumenta que en la mayoría de los países de la OCDE, el límite legal de horas semanales normales está fijado en 40 horas semanales, sobre la base de una semana laboral de cinco días y jornadas de ocho horas. Aunque el límite máximo legal no se ha modificado, la mayoría de los países de la OCDE han experimentado una bajada en el número promedio de horas semanales trabajadas desde los años 80.

En España la caída ha sido desde las 41,7 horas de 1987 hasta las 37,7 horas trabajadas de 2022, situándose ligeramente por encima de la media de la OCDE, y de países como Italia (37,3) y Francia (37,1). En muchos casos la reducción de las horas trabajadas en promedio tiene su origen en el mayor número de trabajadores con contratos a tiempo parcial, según Fedea.

De acuerdo con los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA), en el primer trimestre 2024 las horas trabajadas habituales para el total de ocupados fue de 37,6 horas semanales, casi 4 horas menos que en el segundo trimestre de 1987. En el caso de las mujeres, la rebaja en este periodo ha sido de casi 3,7 horas, hasta las 35,2 horas semanales, y la de los varones, de 2,9 horas, hasta las 39,7 horas.

A nivel sectorial, la agricultura continúa siendo el sector con jornadas más largas, por encima de las 42 horas, mientras que los servicios son los que presentan jornadas más cortas, ligeramente por encima de las 36 horas.

SUBIDA DE LOS COSTES PARA LAS EMPRESAS

En cuanto a la segunda de las premisas defendida por el Gobierno sobre la rebaja de la jornada a 37,5 horas, la de que elevará la productividad y no afectará a los costes de producción, Fedea apunta que habrá ocupaciones en las que una jornada más corta pueda traducirse en una mejora de la productividad, aunque no necesariamente de la misma magnitud, "pero también hay muchas otras en las que esto no es cierto".

"Por tanto, cabe esperar que reducir forzosamente la jornada laboral manteniendo los salarios constantes, como propone el Gobierno, supondrá una subida de los costes salariales unitarios para buena parte de las empresas", señala Fedea, que avisa además de que "esta imposición podría tener efectos adversos sobre la competitividad de las empresas y la evolución del empleo y el PIB".

Asimismo, sostiene que es de esperar que las empresas traten de revertir sus efectos sobre los costes en la negociación de futuros convenios.

Los expertos de Fedea alertan además de las "consecuencias colaterales" no deseadas de esta medida, como el probable aumento en el uso de las horas extraordinarias; la compensación de la reducción con más días de vacaciones sin un cambio real de las jornadas laborales; la expulsión del tiempo de trabajo efectivo de pausas o permisos; el aumento de contratos a tiempo parcial de escasas horas, o la puesta en riesgo de la desconexión digital si se mantienen exigencias de rendimiento.

Fedea explica además que los efectos adversos de la rebaja por ley de la jornada laboral a 37,5 horas semanales serán mayores en las empresas más pequeñas, y en determinados sectores, como el turismo, la hostelería y el comercio.

Asimismo, afirma que las empresas que operan en mercados globales pueden afrontar desventajas competitivas si su coste laboral aumenta en comparación con aquellos en países con jornadas laborales más largas.

LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA, EL SITIO DONDE DEBE QUEDARSE ESTA MEDIDA

Para los autores, la reducción de la jornada laboral debe ser devuelta a la negociación colectiva mediante la firma de un gran acuerdo marco entre los agentes sociales con este objetivo.

En opinión de Fedea, este acuerdo debería tener cuatro objetivos principales. El primero sería el de reducir la jornada laboral, sin modificar la jornada máxima legal vigente.

El segundo objetivo pasaría por revisar los sistemas de distribución horaria flexible, introduciendo garantías para los trabajadores sobre la previsibilidad de sus horarios de trabajo.

En tercer lugar, Fedea aboga por que este acuerdo refuerce los sistemas fiables de registro horario con un compromiso de evitar horas extraordinarias no retribuidas y un aumento pactado en los convenios de la retribución de la hora extraordinaria.

Por último, la entidad reclama una mayor integración de la conciliación familiar en el diseño de los sistemas de distribución horaria de las jornadas laborales de los convenios colectivos.

RÉGIMEN TRANSITORIO MÍNIMO DE DOS AÑOS SI SE APRUEBA POR LEY

Para Fedea, este acuerdo social marco confirmaría la tendencia generalizada ya existente hacia la reducción de la jornada laboral "sin la interferencia arriesgada de una ley que la imponga sin atender a las necesidades y peculiaridades de los distintos sectores y empresas".

En caso de que finalmente se apruebe una ley que "imponga" la reducción de jornada, Fedea considera que ésta debería incluir, al menos, "un largo período transitorio antes de su entrada en vigor, de un mínimo de dos años, para permitir la adaptación de la propia negociación colectiva".

En este contexto, Fedea entiende que sería "razonable" que la reducción de la jornada laboral máxima legal se aplicara sólo cuando los convenios colectivos afectados terminaran su vigencia para renegociarlos en un nuevo marco legal. "Si no se establece esta transitoriedad, automáticamente quedarían reducidas las jornadas de los convenios colectivos vigentes afectados, generando un desequilibrio negocial", avisa.

De acuerdo con los datos de la EPA citados por Fedea en este informe, un 79% de los hombres trabajan más de 37,5 horas semanales, frente al 53% de las mujeres.

Por grupos de edad, a excepción del grupo de 65 años o más, la proporción de personas que trabajan más de 37,5 horas en cada grupo etario es bastante similar, entre el 63% y el 69%.

Asimismo, a nivel educativo, en los grupos de personas con un nivel formativo menor, el porcentaje de ocupados que trabajan más de 37,5 horas semanales se eleva en cada grupo, siendo el nivel primario, donde hay más personas ocupadas trabajando más de 37,5 horas semanales (78%).

Por tipo de sector, en la construcción, el 93% de los ocupados trabajan más de 37,5 horas semanales, seguido de la industria (91%); el sector agrícola (87%) y la rama de servicios (59%).

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