- El Tribunal ya falló en diciembre de 2014 que la legislación española sobre esta materia contravenía las reglas europeas
Día clave para España. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha decidido este jueves imponer a España una multa de 3 millones de euros por el retraso en la aprobación de la reforma que liberaliza el sector de la estiba. La Comisión Europea solicitaba una sanción de 24 millones de euros por esta infracción, de la que el Gobierno estaba 'apercibido' desde 2014, aunque finalmente la cantidad es mucho menor.
Bruselas proponía una multa diaria a España de 27.522 euros hasta el momento en el que se aprobara la reforma
El objetivo de la reforma de la estiba, aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 12 de mayo y convalidada por el Congreso de los Diputados seis días más tarde, es cumplir con la normativa comunitaria. Hay que recordar que el TJUE ya falló en diciembre de 2014 que la legislación española sobre esta materia contravenía las reglas europeas, y que debía cambiarla.
La Comisión Europea presentó un recurso ante el Tribunal con sede en Luxemburgo por no cumplir con aquella sentencia. En él proponía una multa diaria a España de 27.522 euros hasta el momento en el que se aprobara la reforma. Además, Bruselas pedía una segunda sanción de 134.122 euros diarios por cada día de retraso desde que el TJUE hiciese pública su segunda sentencia.
El Ejecutivo comunitario dio por buena la reforma aprobada en mayo, tras un primer intento fallido dos meses antes, por lo que España evitará así que la Justicia europea imponga una multa en línea con la segunda sanción propuesta por Bruselas. No obstante, los jueces ni siquiera se han ceñido a lo propuesto por la Comisión Europea con respecto a la primera sanción, y han desoído su petición de imponer una multa de 24 millones de euros, que equivaldría al periodo comprendido entre el 11 de diciembre de 2014 (fecha de la primera sentencia) y el 12 de mayo de 2017 (día en el que Gobierno aprobó el Decreto Ley). La sanción se ha quedado en 3 millones por haber "tardado en liberalizar el sector de los servicios portuarios de manipulación de mercancías".
El caso se remonta a 2011, cuando la Comisión Europea abrió un expediente a España por el régimen de trabajo portuario vigente. Ante la falta de reformas, Bruselas llevó a España ante el TJUE en junio de 2013, que finalmente declaró en diciembre de 2014 que la legislación española era contraria a las normas europeas.
PROBADO QUE ESPAÑA NO ADOPTÓ LAS MEDIDAS NECESARIAS
En su sentencia de este jueves, el Tribunal de Justicia declara probado que al término del plazo señalado por la Comisión, España no había adoptado las medidas necesarias para la ejecución de la sentencia de 2014, recoge El Mundo. Además, remarca que si bien "España ha demostrado su buena fe, en particular cooperando estrechamente con la Comisión durante el procedimiento administrativo previo", el "incumplimiento que se le imputa persistió durante un período de tiempo significativo, puesto que transcurrieron 29 meses desde que se dictó la sentencia de 11 de diciembre de 2014 hasta que entró en vigor la nueva normativa por la que se adaptaba la legislación nacional a lo dispuesto en dicha sentencia".
Aunque no se queda ahí, ya que el Tribunal con sede en Luxemburgo señala también que "el incumplimiento debe considerarse grave, puesto que afecta a la libertad de establecimiento, que constituye uno de los principios fundamentales del mercado interior". No obstante, sólo "considera oportuno condenar a España a abonar al presupuesto de la Unión una cantidad a tanto alzado de 3 millones de euros", lo que sin duda ayudará a calmar los ánimos en el Gobierno, que defendió la necesidad de aprobar cuanto antes la reforma recordando la posible multa que acechaba a España.
LA MULTA ES CULPA DE LA OPOSICIÓN
El ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, no ha tardado en valorar la multa, y ha dicho que lo ocurrido deriva del rechazo de los grupos políticos del Congreso que impidieron aprobar el Decreto Ley de reestructuración de este sector en el primer intento, el del pasado mes de marzo. "La primera vez que acudimos al Congreso para aprobar el Decreto Ley de reforma de la estiba teníamos una notificación de la Comisión Europea que decía que, si lo aprobábamos, la parte ya devengada de la multa, que entonces ascendía a 24 millones, no iba a tener que pagarse", ha explicado.
"Me siento orgulloso de que el trabajo del Gobierno, en colaboración con la Comisión Europea, haya logrado poner fin definitivo al conflicto", ha dicho De la Serna
"La segunda ocasión que llevamos el Decreto Ley al Congreso, en mayo, la posición era distinta", ha dicho De la Serna, que ha asegurado que "si se hubiera aprobado en la primera ocasión, los españoles no hubieran tenido que pagar nada". No obstante, el ministro a valorado positivamente el hecho de que de la posible multa de 24 millones de euros que el Tribunal de la UE podría haber impuesto a España, se haya impuesto finalmente una sanción de 3 millones.
Además, De la Serna se ha mostrado orgulloso de que el TJUE haya reconocido el esfuerzo del Ejecutivo para sacar adelante la reforma del sector de la estiba. "Me siento orgulloso de que el trabajo del Gobierno, en colaboración con la Comisión Europea, haya logrado poner fin definitivo al conflicto", ha dicho. Y ha señalado también que "ahora ya tenemos un sector de la estiba liberalizado, hemos acabado con el último monopolio que quedaba en el país y hemos cumplido con nuestra obligación como país, porque los tratados europeos, las leyes y las sentencias están para cumplirlas".
Para De la Serna, "el Gobierno y los grupos que apoyaron la convalidación de la reforma en el Congreso cumplieron su obligación política mandando la señal clara a Europa de que España es un país serio que cumple con sus obligaciones y, por su puesto, las sentencias que le caen", ha concluido.