ep el secretario general de ugt pepe alvarez i y el vicesecretario general de politica sindical
El secretario general de UGT, Pepe Álvarez (i), y el vicesecretario general de Política Sindical, Fernando Luján (d), ofrecen una rueda de prensa para presentar un informe sobre el coste del despido en España, en la sede de UGT, en Madrid, España.Marta Fernández Jara - Europa Press

Aboga por recuperar salarios de tramitación, indemnización mínima de seis meses y que el trabajador pueda elegir readmisión

MADRID, 13 (EUROPA PRESS)

La Unión General de Trabajadores (UGT) ha propuesto que la indemnización por despido improcedente vuelva a ser de 45 días por año trabajado con un límite de 42 mensualidades (hoy es de 33 días por año con un tope de 24 mensualidades), así como establecer indemnizaciones adicionales que funcionen como efecto disuasorio ante el despido.

El sindicato explica que la indemnización adicional estará fijada conforme a un conjunto de factores atendiendo a los daños reales (patrimoniales y personales) y que sea un efecto disuasorio según las circunstancias concurrentes (especial grado de arbitrariedad).

"Además del efecto disuasorio que tienen que tener los 45 días, que nosotros reivindicamos que se recuperen, tiene que haber un efecto resarcitorio, porque se pueden haber hecho daños mayores", ha comentado el vicesecretario general de Política Sindical, Fernando Luján, en rueda de prensa junto al secretario general del sindicato, Pepe Álvarez.

En este sentido, Luján ha explicado que se deben de establecer una serie de parámetros por parte de los jueces para lograr una indemnización adicional a los 45 días por año trabajado, como dos meses por año de servicio, con un límite de 12 mensualidades.

Además, el sindicato quiere que la legislación recoja una indemnización mínima por despido improcedente de seis meses de salario, así como que el trabajador sea el que tenga la opción de elegir entre readmisión o indemnización y recuperar también los salarios de tramitación.

"Nos parece que el cumplimiento efectivo del artículo 24 de la Carta Social Europea no puede hacerse sin recuperar los salarios de tramitación. Los salarios de tramitación es una indemnización que debe de incorporarse como ha estado en nuestra legislación históricamente", ha subrayado.

Luján ha recordado que en la legislación de 1976 y en la legislación de 1977 se contemplaba una indemnización de 60 días, que posteriormente se fijó en 45 días por año y después bajó a 33 días.

Por tanto, desde el sindicato rescatan la reivindicación lanzada desde la reforma laboral de 2012 de volver a los 45 días por año de indemnización por despido improcedente.

"Pedimos recuperar los 45 días, que ha sido parte de nuestra reivindicación histórica desde la reforma laboral del 2012, pero si todo esto no compensa suficientemente a la víctima porque hay unos daños mayores, establecemos una serie de parámetros para que se establezca por parte de los jueces una indemnización adicional a estos 45 días por año, a estos seis meses con carácter mínimo o a este derecho de opción por parte de la víctima", ha subrayado Luján.

Según han denunciado tanto él como Álvarez, en España se producen cada año en torno a medio millón de despidos, de los que la mayoría son improcedentes, bien porque así lo reconoce la propia empresa, bien por decisión judicial.

Los responsables sindicales han denunciado que las cuantías de las indemnizaciones por despidos sin causa no son "excesivas". Para un contrato temporal, la indemnización media está en 1.500 euros; para un contrato parcial indefinido alcanza los 4.642 euros; para un contrato fijo-discontinuo es de 4.493 euros, y para un contrato indefinido, de 9.512 euros.

"Estos son despidos efectuados sin causa, despidos efectuados de manera arbitraria, que con estas indemnizaciones no entendemos que puedan disuadir a nadie. Por eso, entendemos que hay que dar un paso más, hay que empezar a proteger realmente el contrato de trabajo con arreglo a la Carta Social Europea e incrementar sustancialmente las indemnizaciones que se producen por el despido injusto", ha defendido Luján.

RECHAZO A "LA MOCHILA AUSTRIACA"

El sindicato ha sido claro en pronunciarse en contra del paquete de indemnizaciones conocido como la 'mochila austriaca', ya que "rebajó sustancialmente las percepciones que tienen las personas trabajadoras en Austria".

"Entendemos que 'la mochila austríaca' sería además absolutamente incompatible con el resarcimiento de los daños a la víctima y sería absolutamente incompatible con la prevención de un despido absolutamente injusto, porque al empresario le da igual. Ya ha pagado por adelantado en cuantías muy inferiores decisiones injustas", ha expresado Luján.

EL DERECHO DE OPCIÓN DEBE PERTENECER A LA VÍCTIMA

Por otro lado, el sindicato ha defendido que el derecho de opción debe pertenecer a la víctima del despido. "No parece que sea muy acorde con el ordenamiento jurídico que el culpable, quien toma la decisión caprichosa, quien despide de manera improcedente tenga la facultad de recuperar o no el contrato de trabajo", ha señalado Luján.

Así, ha indicado que "lo lógico" es que esa opción la tuviera la persona trabajadora víctima, tal como ocurre en Francia, donde la readmisión o no del empleado es de común acuerdo "y se tiene que oír obviamente a la víctima de esa decisión improcedente", ha añadido.

"NO ES CIERTO QUE EN ESPAÑA SEA MÁS CARO DESPEDIR"

El vicesecretario general de Política Sindical también ha recalcado que, contrario a lo que se afirma, "no es cierto que en España sea más caro despedir que en el resto de los países de la OCDE". Según explica el propio informe, elaborado junto con la Universidad de Jaén, España es el segundo país de la OCDE y de la Unión Europea (solo por detrás de Portugal) que más intensamente ha devaluado su protección frente al despido individual.

En concreto, ha pasado de un Índice de Protección del Empleo (IPE) de 3,55 en el año 1985 a uno del 2 actualmente. Eso sitúa a España por debajo de la media de la OCDE y muy por debajo de la media europea, explica el informe.

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