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El Tribunal Constitucional de Alemania ha dado este martes su veredicto sobre el programa de compra de deuda pública lanzado por el Banco Central Europeo (BCE) en 2015, denominado PSPP por sus siglas en inglés. En él, se recoge una de cal y una de arena para la expansión cuantitativa del banco central. Por una parte, ha dictaminado que el programa lanzado por el expresidente Mario Draghi no se se ajusta a la legalidad germana, ya que la entidad ha excedido sus atribuciones y dicho programa tiene un alcance desproporcionado. Pero la justicia de este país también ha especificado que la decisión no afecta a los estímulos del instituto emisor o de la Unión Europea (UE) en el contexto de la crisis del coronavirus.

Los jueces alemanes han evaluado el programa de flexibilización cuantitativa del BCE, que se introdujo en 2015 hasta 2018 y luego se reinició a fines de 2019. La idea detrás de esta iniciativa era apuntalar la economía de la zona euro manteniendo bajos los costes de endeudamiento para todos sus estados miembro. Pero han encontrado problemas de legalidad en la participación del Bundesbank.

Según han explicado, el banco de Alemania deberá interrumpir las compras de deuda soberana dentro de ese programa en un plazo de tres meses a menos que el BCE pueda justificar que esas adquisiciones son necesarias. “El Bundesbank no debe participar en la implementación y ejecución de las decisiones del BCE a este respecto, a menos que el Consejo de Gobierno del BCE adopte una nueva decision que demuestre que el PSPP no tiene efectos desproporcionados en la política fiscal”, señala. En otras palabras, exige que se introduzcan cambios antes de agosto, a mucho tardar.

"Respecto de la reclamación de que el PSPP elude en la práctica el Artículo 123 del Tratado de la UE, el Tribunal Constitucional no encontró ninguna violación de la prohibición de financiar los presupuestos de los Estados miembros", ha anunciado la Corte de Karlsruhe, en una decisión aprobada por 7 votos contra 1.

Los jueces alemanes han considerado que las decisiones al respecto del programa PSPP del Consejo de Gobierno del BCE deben ser calificadas como "ultra vires", es decir, que sobrepasan las competencias de la institución, "a pesar de que el TUE opinara lo contrario".

En este sentido, el Tribunal ha señalado que tanto el Gobierno Federal como el Bundestag "violaron los derechos de los denunciantes" al no adoptar las medidas necesarias para cuestionar que las decisiones del BCE sobre la adopción e implementación del PSPP no tomaron en cuenta el principio de proporcionalidad.

Un portavoz del BCE indicó a Europa Press que la institución "está analizando el fallo y lo comentará a su debido momento".

EL PEPP, A SALVO

El BCE intensificó las compras de bonos del gobierno en marzo en el contexto del paquete de coronavirus, en un paquete de estímulo denominado Programa de compra de emergencia pandémica o PEPP. Los analistas temían que la decisión del tribunal sobre la flexibilización cuantitativa podría plantear problemas al programa de pandemia debido a su similitud con las compas ordinarias. Sin embargo, el tribunal alemán ha especificado que "la decisión publicada hoy no se refiere a ninguna medida de asistencia financiera tomada por la Unión Europea o el BCE en el contexto de la actual crisis de coronavirus".

El caso, planteado hace casi media década por un grupo de empresarios y académicos germanos que consideraban que el BCE había sobrepasado los límites de su mandato, ha desatado cierto nerviosismo en los mercados donde se esperaba que los jueces alemanes no dieran una opinión contraria a la ya favorable expresada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) en diciembre de 2018.

El programa de compra de deuda pública PSPP, lanzado por Mario Draghi en marzo de 2015, recibió el espaldarazo del TUE en diciembre de 2018 a consultas del Constitucional de Alemania al considerar que no excedía el mandato del BCE y se encuadra en el marco de la política monetaria, así como al declarar que la compra de bonos soberanos por parte del BCE no incumplía la prohibición de la financiación monetaria, que impide que el BCE conceda ningún tipo de crédito a un Estado miembro.

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