• Aplica cambios en las retenciones de IRPF o en la base del ahorro
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La última reforma fiscal en España está en funcionamiento desde este verano. Los cambios se adelantaron seis meses y vienen con importantes modificaciones para el bolsillo de los españoles en el pago de impuestos.

El decreto ley estaba previsto para el año que viene, pero se aprobó el 12 de julio, y supone la aplicación de nuevos tipos impositivos en varios impuestos. En concreto, hay cinco principales modificaciones, que analizan en Self Bank:

1. TIPOS EN EL IRPF

La reforma fiscal trae consigo reducciones en los tipos impositivos de las rentas del trabajo y de las ganancias que proceden del capital inmobiliario. Así, en Self Bank recopilan, suponiendo que el tramo autonómico fuera igual al estatal, los cambios en los tipos aplicables en función de la base imponible general:

Aplicado al caso de un contribuyente con dos hijos que tributa de forma individual y que tiene una base imponible de 20.000 euros, la rebaja supone unos 65 euros al año

Con una base imponible de hasta 12.450 euros, el tipo aplicable pasa del 20% que esta vigente hasta julio, hasta el 19,5% actual.

De 12.450 euros a 20.200 euros, pasa del 25% al 24,5%.

De 20.200 euros a 34.000 euros, pasa del 31% al 30,5%.

De 34.000 euros a 60.000 euros, pasa del 39% al 38%.

De 60.000 euros en adelante, el cambio es del 47% al 46%.

“Este cambio representa para un contribuyente que tenga una base imponible general desde 0 a 34.000 euros, una rebaja del 0,5% respecto a lo que estaba establecido anteriormente”, explican en Self Bank. “Aplicado al caso de un contribuyente con dos hijos que tributa de forma individual y que tiene una base imponible de 20.000 euros, la rebaja supone unos 65 euros al año”, apuntan como ejemplo.

2. REBAJA EN LAS RETENCIONES DEL TRABAJO

Este punto va en la línea del anterior. Los trabajadores asalariados van a percibir un salario neto mayor con sus nóminas hasta final de año respecto a lo que cobró en julio. Como ejemplo, para un trabajador que gane 1.800 euros brutos al mes, el aumento será de 9 o 10 euros, señalan en Self Bank.

3. ACTIVIDADES ECONÓMICAS

La reforma fiscal también tiene una rebaja en las retenciones de los rendimientos provenientes de actividades económicas de autónomos o trabajadores por cuenta propia. Bajan del 19% al 15%, algo que hasta ahora sólo estaba reservado para aquellos que ganaran menos de 15.000 euros al año.

4. TIPOS EN EL AHORRO

También hay una reducción de los tipos impositivos a aplicar en la base del ahorro, “donde tributan los procedentes de rendimientos del capital mobiliario y las plusvalías obtenidas por la venta de elementos patrimoniales”, explican en Self Bank. Los cambios son los siguientes:

Para una base imponible hasta 6.000 euros, los tipos aplicables pasan del 20% al 19,5%.

De 6.000 euros a 50.000 euros, la modificación es del 22% al 21,5%.

De 50.000 euros en adelante el tipo pasa del 24% al 23,5%.

5. RETENCIONES EN EL CAPITAL MOBILIARIO

Por último, y en consonancia con lo anterior, hay una rebaja en los tipos a tributar por rendimientos del ahorro. Es decir, en las ganancias de los inversores de capital mobiliario, ya sea intereses, dividendos, ventas con plusvalías, etc. “Verán reducidas sus retenciones en un 0,5%, de tal manera que éstas quedan fijadas en el 19,5% frente al 20% anterior”.

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