- Las pérdidas ocasionadas por la 'muerte' de Popular rebajarán la tributación de los inversores
- Los contribuyentes tendrán tres años para utilizar las minusvalías con las que reducir las plusvalías declaradas
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El drama de los accionistas y bonistas de más riesgo en Banco Popular servirá, como consuelo, para rebajar las futuras facturas con Hacienda. Las pérdidas ocasionas por la adjudicación por un euro de la entidad a Santander se pueden utilizar como minusvalías para reducir la tributación por los beneficios obtenidos con sus inversiones.
El desenlace de la crisis de Popular se precipitó en junio. La directora de la Junta Única de Resolución (SRB, por sus siglas en inglés), Elke Koening, admitió que vigilaban el banco. A partir de ese momento, el desplome fue imparable. Las acciones de la entidad aceleraron su desplome en el arranque de junio, y el Mecanismo Único de Supervisión (MUS, órgano integrado en el Banco Central Europeo -BCE-) dictaminó que el banco el banco era “inviable” y que había “fallado o iba a fallar”. Luego fue ya el SRB y el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) quienes ordenaron y ejecutaron la intervención de Popular y su venta acelerada a Santander.
Los accionistas que aguantaron en Popular perdieron toda su inversión, ya que la entidad se liquidó y adjudicó a Santander por un euro. Asimismo, los bonos convertibles contingente (CoCos) y los títulos de deuda subordinada se convirtieron en acciones, con lo que sus tenedores también vieron cómo se borró toda su inversión.
Los inversores no institucionales afectados son gran parte de los 305.000 accionistas de Popular y algunos titulares de deuda subordinada que compraron bonos en la red de oficinas de la entidad que presidía Emilio Saracho.
Una vez perdido todo, hay dos vías para recuperar algo de dinero, además de la posibilidad de que Santander compense a los inversores que acudieron a la última ampliación de capital de Popular. La primera es la vía judicial, en caso de que la avalancha que se espera de demandas contra ejecutivos y auditores tenga éxito. La otra es segura, pero sólo permite recuperar parte del dinero. O, mejor dicho, reducir el futuro gasto que exigirá Hacienda a los inversores que obtengan beneficios en el mercado. La fórmula es compensar plusvalías con minusvalías para aligerar la carga fiscal. La podrán usar en la declaración de la renta de 2017 -que se realizará en 2018- y durante los tres siguientes, hasta 2021.
En la declaración de la renta se suman todos los rendimientos netos: por un lado, los que van a tarifa general, como los del trabajo, capital inmobiliario o actividades económicas y, por otro, los obtenidos con el ahorro y se ajusta con las retenciones ya aplicadas en función del tipo impositivo que corresponde. Los tramos impositivos a los que tributan son del 19% hasta los 6.000 euros, del 21% entre esta cifra y los 50.000 euros y del 23% en adelante.
Por ejemplo, si un inversor ganó 20.000 euros con acciones de Santander, y cobró dividendos por un neto de 308 euros (380 euros brutos), la base imponible es de 20.380 euros. A esta cifra le corresponde una cuota de 4.159,8 euros, resultado de aplicar el 19% a los primeros 6.000 euros y el 21% al resto. Sin embargo, para el dividendo ya se aplicó una retención del 19%. Es decir, 72 euros que se restan a este montante para pagar en el momento de la declaración el resto, que asciende a 4.087,8 euros.
Este mismo inversor podrá reducir esta cifra con Popular si era accionista. Las pérdidas se incluyen en la casilla 383. Si son 5.000 euros, la base sobre la que se calcula la tributación en el ejemplo desciende de 20.380 euros hasta 15.380 euros (al poder restar las pérdidas de las ganancias de 20.000 euros). Así, el pago de impuestos será de 3.109,8 euros, que corresponden a 72 euros de retención y 3.037,8 euros en el momento de declarar, ya que hasta los 6.000 el tipo impositivo es del 19%.
Aunque la presión fiscal es la misma, Hacienda distingue entre ganancias y pérdidas patrimoniales por un lado y rentas del capital mobiliario por otro. Esta distinción es importante cuando se desean compensar plusvalías con minusvalías, ya que son compartimentos distintos. En la declaración de la campaña de la renta de este año se puede compensar sólo un 15% de pérdidas patrimoniales (como una acción) con rentas del capital mobiliario (como un dividendo) y viceversa. Mientras que el año que viene será el 20% y a partir de 2018, del 25%.
Por ello, los bonistas de Popular que tenían deuda subordinada podrán compensar sus pérdidas con otros bonos. O un máximo del 20% el año que viene y del 25% a partir de 2018 de las ganancias que obtengan con inversiones en renta variable.