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A la hora de ajustar cuentas con Hacienda, los productos financieros también tienen que aparecer reflejados en la declaración de la renta. Acciones, planes de pensiones o fondos de inversión cuentan con una fiscalidad especial. Conocer cómo tributan ayuda a hacer una mejor planificación de las finanzas y sacar lo máximo de los ahorros.

"Aunque la fiscalidad no debería ser el motivo principal para decantarnos por un determinado producto de inversión, saber cómo tributa cada producto financiero nos va a ayudar a planificar mejor nuestras finanzas y a lograr los objetivos que nos habíamos marcado cuando decidimos invertir nuestro dinero", explican desde Abante.

Los productos financieros tributan en la Renta en la base del ahorro como rendimientos de capital mobiliario o como ganancias o pérdidas patrimoniales, a un tipo marginal que oscila entre el 19% y el 23%. Una excepción son los que están relacionados con la jubilación, como los planes de pensiones, que tributan en la base general como si fueran rentas del trabajo. En ellos, la retención se calcula en función de la escala marginal del contribuyente y del importe que se haya rescatado.

Además, hay otros productos financieros que no están sujetos a retención, como es el caso de las letras del tesoro, ETF, derivados y divisas. Mientras, para las acciones, solo la renta explícita está sujeta a retención, es decir, el dividendo tiene retención, pero la venta de los títulos no.

FONDOS DE INVERSIÓN

En el caso de los fondos de inversión, tributan en la Renta únicamente cuando se produce el desembolso y solo por las ganancias obtenidas, nunca mientras seguimos siendo partícipes ni cuando traspasamos nuestro dinero a otro fondo. La ganancia o pérdida patrimonial que hayamos percibido tributa en la base del ahorro, según la cantidad.

Así, será del 19% hasta 6.000 euros; del 21%, hasta 50.000 euros; y del 23% a partir de esa cantidad. Estas retenciones son aplicables de la misma manera para la venta de acciones y el cobro de dividendos.

PLANES DE PENSIONES

Transcurridos los diez años desde la primera aportación, los planes de pensiones pueden rescatarse. Hasta entonces, estos productos gozan de una serie de beneficios fiscales, ya que tributan como un rendimiento de trabajo en el IRPF y las aportaciones realizadas durante el año disminuyen la base imponible, haciendo que se paguen menos impuestos. Aunque esta ventaja fiscal es, en realidad, un diferimiento del pago, ya que en el momento del rescate sí debe tributarse por ellos, incluyendo lo aportado y las ganancias obtenidas.

A la hora de realizar el rescate, conviene optar por un reembolso en forma de renta y no hacerlo en forma de capital, todo de golpe. En la primera opción, la tributación será menor. Según los tramos, para ingresos de hasta 12.450 euros, la retención es del 19%; hasta 20.200 euros, del 24%; hasta 35.200 euros, del 30%; hasta 60.000 euros, del 37%; y a partir de esa cantidad, la retención es del 45%.

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