En el plazo de 24 horas, tres gobiernos han desplegado normas para el mercado de las criptomonedas, dirigidas a poner cerco a la publicidad con criptoactivos en aras de proteger al consumidor de estafas y promociones engañosas que puedan tentar a inversores, especialmente los minoristas. De la disuasión total o prohibición encubierta de Singapur a la precisión quirúrgica de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en España con los ‘influencers’ de las redes sociales, pasando por la norma que prepara Reino Unido, el sector celebra la regulación como una señal de buena salud de los criptoactivos.
La iniciativa del supervisor de los mercados español es pionera en Europa y pone en acento en lo que califica como campañas masivas, con una audiencia de 100.000 personas o más, en una clara maniobra para atar en corto a las difusiones que se hagan en las plataformas como Facebook, Twittter o Instagram. “Se trata de una norma que responde a la realidad del volumen creciente de inversión minorista en este tipo de activos”, señala Francisco Uría, socio de KPMG. “El requisito fundamental que se establece es que esa publicidad contenga una información ‘clara, exacta, suficiente y actualizada, de forma adecuada’ a la naturaleza y complejidad del criptoactivo, a las características de los medios de difusión utilizados y al público objetivo al que se dirija”, explica.
En términos generales se aplicará a proveedores de servicios sobre criptoactivos cuando realicen actividades publicitarias, proveedores de servicios publicitarios y a cualquier persona física o jurídica que realice por iniciativa propia o por cuenta de terceros una actividad publicitaria sobre criptoactivos. Es decir, la norma abarca a las cuentas de las redes sociales, escasos meses después de la polémica con el mensaje en las redes sociales que lanzó el futbolista Andrés Iniesta sobre la inversión a través de la plataforma de ‘criptos’ Binance.
Los expertos prevén que tanto la legislación que prepara Reino Unido sobre la publicidad con criptomonedas, que inicia ahora la fase de consultas, como otras regulaciones que puedan diseñar cualquier país europeo se alineen con la española. De lo contrario, “las medidas enérgicas contra la publicidad tendrán un impacto limitado, ya que la mayoría de las personas se enteran de las criptomonedas en otros lugares y muy pocos se animan a comprarlas a través de un anuncio”, critica Laura Suter, jefa de finanzas personales de AJ Bell.
Los datos que maneja el regulador británico muestran que sólo el 2% de los usuarios se vieron inducidos a comprar criptomonedas a través de un anuncio cuando no lo habían planeado previamente, y sólo el 5% de los que estaban pensando en comprar dieron el salto a través de un campaña de publicidad. La abrumadora mayoría de las personas se informan sobre estos activos a través de los medios sociales y la FCA maneja datos por los que el 39% de las personas vieron anuncios de ‘criptos’ en Instagram, Facebook u otros medios sociales, en comparación con el 13% de la publicidad tradicional en los periódicos o la televisión.
"Si bien la medida ayudará a algunas personas, no detendrá las estafas directas que han explotado a raíz de la subida del precio del bitcoin y otras criptomonedas”, señala Suter, para quien lo que tiene “un impacto mucho mayor” es, precisamente. “la represión de las cuentas de las redes sociales en las que la gente afirma haber hecho sus millones con la compra de bitcoins”. Afirma que “la mayoría son, en última instancia, estafas o esquemas piramidales glorificados”.
LA LEY DE SINGAPUR, MÁS RESTRICTIVA
La norma que ha anunciado Singapur va un paso más allá. La Autoridad Monetaria de Singapur (el banco central de la isla) ha emitido una advertencia contra la publicidad de las criptomonedas, por parte de sus proveedores, al alegar que su comercialización es “altamente arriesgada y no apta para el público general” por su proclividad a la especulación.
La sugerencia, que disuade de la promoción de las monedas digitales, incluye cualquier tipo de anuncio en zonas públicas, entre ellas el transporte urbano, medios de información digitales e impresos y cajeros automáticos. Los proveedores de criptomonedas tampoco deben comprometer a terceros, entre ellos “influentes” en redes sociales, para campañas promocionales que busquen encontrar nuevos clientes, y deben limitar la publicidad a sus propias páginas web y aplicaciones en móviles.
En cualquier caso, ninguna de estas normas regula los criptoactivos en sí. En España, “deberemos aguardar al Reglamento europeo conocido como 'MiCA' (Markets in Crypto-Assets) sobre el mercado de criptoactivos, de inminente aprobación”, concluye Francisco Uría.