ep senal con simbolo de prohibido aparcar al lado del distintivo de madrid central
Señal con símbolo de prohibido aparcar al lado del distintivo de Madrid Central.Eduardo Parra - Europa Press - Archivo

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, del 5 de octubre de 2018, con el que se habia aprobado la Ordenanza de Movilidad Sostenible que alberga Madrid Central ya que no incluiye el trámite de información pública.

El recurso del Círculo de Empresarios de Ocio Nocturno y de Espectáculos de Madrid (CEONM), ha conseguido anular la medida que puesto en marcha el consistorio de Manuela Carmena. Esta anulación se suma a las anteriores tras recursos del PP, la Comunidad de Madrid, y la mercantil 'DVuelta Asistencia Legal', quedando pendientes los recursos de Pyramid Consulting así como el de Automovilistas Europeos.

El grupo de empresarios ha alegado en el recurso que se habían omitido los trámites esenciales señalados en su aprobación y se han incumplido los principios recogidos en el Título III de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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