La Campaña de la Renta de 2024 echa a andar. Según consta en el calendario del contribuyente disponible en la página web de la Agencia Tributaria, las declaraciones correspondientes al ejercicio fiscal de 2024 se podrán presentar desde el 2 de abril de forma online y hasta el 30 de junio.
Así, la Agencia Tributaria adelanta el inicio de la Campaña de la Renta, que comenzará antes de Semana Santa después de que el año pasado empezase el 3 de abril. En 2022, la Campaña de la Renta dio comienzo el 11 de abril.
La Agencia Tributaria ha devuelto 12.907 millones de euros a 15.852.000 contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2023. Es decir, a fecha de 30 de diciembre se han realizado el 97,4% de las devoluciones solicitadas en número y se han abonado el 94,9% de los importes correspondientes a esas solicitudes, en línea con el año anterior.
CALENDARIO
Desde el 2 de abril se podrán presentar las declaraciones por internet, a través de Renta Web o de la app móvil, con DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia.
De igual modo, el 6 de mayo da inicio la presentación por teléfono de la declaración de la Renta 2024-2025. La solicitud de la cita estará disponible desde el 29 de abril hasta el 27 de junio.
En caso de querer presentar la declaración de la Renta 2024 de manera presencial en oficina, habrá que esperar hasta el 2 de junio. En caso de optar por esta modalidad, se podrá solicitar una cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio.
Cabe recordar que el plazo de presentación para aquellas declaraciones con resultado a ingresar y quieran domiciliarse finaliza el próximo 25 de junio.
QUIÉN DEBE HACERLA
Están obligados a presentar declaración aquellos contribuyentes que hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o de 15.876 euros de dos o más pagadores. También deberán realizarla aquellos que hayan estado dados de alta como autónomos.
Asimismo, los parados beneficiarios de la prestación por desempleo tendrán que presentar la declaración de la renta a partir de este año, cumplan o no el importe mínimo para realizarla. Anteriormente, solo estaban obligados si sus ganancias superaban los 22.000 euros anuales, o los 15.000 euros si tenían más de un pagador.
Por último, también deberán presentar la declaración los autónomos y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV).