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Soltec.

Soltec ha suscrito con Pino Investments un contrato de novación al contrato de financiación de hasta 100 millones de euros relativo al perímetro de energía de la sociedad, originalmente suscrito el 5 de enero de 2023 y novado por primera vez el 2 de julio de 2024, según la información remitida a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Esta segunda novación implica la modificación del contrato de financiación, para incluir la venta a Pino Investments de la participación de Soltec en la sociedad conjunta que el grupo mantiene con Total Energies por un importe aproximado de 20,1 millones de euros de precio fijo, al que deberá añadirse un "precio variable contingente que se calculará, en base a unos parámetros establecidos bajo el contrato de venta total".

"En particular, los ingresos que se reciban como consecuencia del contrato de venta total permitirán amortizar alrededor de 17,9 millones de euros de las cantidades pendientes de pago bajo el Contrato de Financiación Pino, de forma que la deuda se reduciría desde los 91,7 millones de euros adeudados a fecha de hoy hasta los 73,7 millones de euros", explica la compañía.

Esta novación también contempla la "constitución de una estructura luxemburguesa a la que se aportará el negocio de generación de energía de Brasil, una vez se haya producido el cierre del contrato de venta total cuyas acciones, cuentas bancarias y, en su caso, préstamos intragrupo deberán quedar pignorados a favor de Pino Investments en garantía del cumplimiento de las obligaciones asumidas".

Por último, establece también la "flexibilización de algunos términos y condiciones del contrato de financiación original, fundamentalmente con el objetivo de descartar cualquier potencial responsabilidad por los eventuales incumplimientos que se hubieran podido producir hasta el día 6 de marzo".

"Tanto la venta de la participación en la sociedad conjunta con Total Energies como la constitución de la Estructura Doble LuxCo (y la formalización de las garantías sobre sus activos) se han pactado como obligaciones diferidas en el tiempo cuyo cumplimiento debe producirse antes del 18 de abril de 2025 (o cualquier otra fecha posterior acordada por las partes). La falta de cumplimiento de cualquiera de dichas obligaciones antes de la fecha acordada al efecto actúa como condición resolutoria", explica la compañía.

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