Caso Chavín de Huántar: Fallo de la Corte IDH pide que se investigue muerte de terrorista 'Tito'

La sentencia no establece ningún tipo de reparación económica para las familias de los terroristas del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru que en diciembre de 1996 secuestraron a decenas de personas en la embajada de Japón.

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Bolsamania | 29 jun, 2015

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) falló en contra del Estado peruano por el caso Chavín de Huántar, sin embargo, informó el ministro de Justicia Gustavo Adrianzén, la sentencia no establece ningún tipo de reparación económica para las familias de los terroristas del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru que en diciembre de 1996 secuestraron a decenas de personas en la embajada de Japón.

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Dijo Adrianzén que el fallo establece “algún tipo de rehabilitación en tema de salud a favor de Edgar Odón Cruz, que es hermano del terrorista ‘Tito’”.

"La sentencia estaría informando, en primer lugar, que no hay reparaciones económicas que pagar a nadie”, dijo el funcionario a RPP. “La sentencia dice con toda claridad que el fallo constituye per se una forma de reparación".

Con todo, el fallo del organismo internacional de justicia sí responsabiliza al Estado peruano, aunque parcialmente, indicó Adrianzén, por la muerte extrajudicial del al menos uno de los 14 plagiarios.

“En el caso del delincuente terrorista apodado ‘Tito’ debemos informar que se indica que el Estado peruano debe realizar las investigaciones que correspondan a fin de determinar las circunstancias de su muerte", precisó el ministro de Justicia. “En el caso de los delincuentes terroristas Herma Luz Meléndez Cueva y Víctor Salomón Peceros Pedraza, la sentencia dice que no existen elementos para determinar la responsabilidad internacional del Estado peruano".

Dijo Adrianzén que el fallo establece “algún tipo de rehabilitación en tema de salud a favor de Edgar Odón Cruz, que es hermano del terrorista ‘Tito’”.

El caso Chavín de Huántar es una de las espinas de la democracia peruana. La demanda fue interpuesta a la Corte Interamericana de Derechos Humanos por los abogados de los familiares de los terroristas fallecidos durante la operación de rescate Chavín de Huántar de la embajada de Japón, en la que miembros del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru mantuvieron secuestrados a decenas de personas desde diciembre de 1996 hasta el 22 de abril de 1997, día en que el comando Chavín de Huántar ingresó a la residencia, eliminó a los 14 terroristas que la custodiaban y rescató a unas 70 personas.

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