Telefónica del Perú es multada por S/ 1.264,000
Osiptel sanciona con seis multas a compañía telefónica
- Resolución determinó que Telefónica no permitió la presentación de reclamos de sus centros de atención
- Telefónica del Perú dio información inexacta al Osiptel a través de cartas, según reveló el entre regulador
Osiptel sancionó a Telefónica del Perú con seis multas que suman S/ 1.264,000, por obstaculizar la presentación de reclamos en sus centros de atención.
Otra infracción fue no garantizar la información y orientación que brindan sus centros de atención y puntos de venta.
Según la Resolución Osiptel,Nº 00546-2016, la compañía no permitió la presentación de reclamos y reportes de sus centros de atención de sus usuarios en provincias.
Otra infracción fue no garantizar la información y orientación que brindan sus centros de atención y puntos de venta.
Asimismo, Telefónica del Perú dio información inexacta al Osiptel a través de cartas sobre el funcionamiento de los puntos de venta en las provincias de Andahuaylas y Coronel Portillo.
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MULTAS
De esta manera, las sanciones contra Telefónica del Perú fueron:
- 25 UIT (S/ 98,750), por la comisión de infracción leve tipificada en el TUO de Condiciones de Uso al haber incumplido con la obligación establecida en el primer, tercer y quinto párrafo del artículo 43º de la misma norma; de conformidad con los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución
- 51 UIT (S/ 201,450), por la comisión de la infracción grave tipificada en el artículo 9° del Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones.
- 51 UIT (S/ 201,450) por no cumplir con la entrega oportuna de información periódica respecto de tres formatos del trimestre 2013-II26
“Se multa a la empresa con 51 UIT por haber incumplido con la entrega oportuna de 73 reportes de información periódica correspondiente al trimestre 2013-II. Asimismo, se multa por 51 UIT por no al haber incumplido con la entrega oportuna de 50 reportes de información periódica correspondiente al trimestre 2013-III”, precisa la norma.
Las últimas dos multas son de 92 UIT (S/ 363,400) y de 50 UIT (S/ 197,500) por no efectuar las devoluciones por interrupciones acaecidas en el año 2011.
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