Funcionarios públicos recibirán aguinaldo de S/.300 por Fiestas Patrias

MEF autorizó pago que incluye docentes universitarios, obreros y servidores contratados

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Bolsamania | 05 jul, 2016

Funcionarios y servidores del sector público recibirán aguinaldo de 300 nuevos soles por Fiestas Patrias, el cual se hará efectivo por única vez en la planilla de pago de julio del 2016, según reglamentó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

De acuerdo a Decreto Supremo publicado por el Diario Oficial El Peruano se dispone que este aguinaldo se otorga a favor de los funcionarios y servidores nombrados y contratados, docentes universitarios, obreros permanentes y eventuales del sector público.

Asimismo, deben contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de junio del presente año.

También incluye al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú; al igual que a los pensionistas a cargo del Estado.

En el caso de los gobiernos locales, el aguinaldo es otorgado hasta por el monto fijado en la Ley 30372 y se financia con cargo a sus respectivos ingresos corrientes y en función de la disponibilidad de los recursos que administran.

Para recibir el aguinaldo, los trabajadores públicos deberán haber estado laborando al 30 de junio del presente año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.

Asimismo, deben contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de junio del presente año. Si no cuenta con este requerimiento, el beneficio “se abonará en forma proporcional a los meses laborados”.

La disposición establece que los funcionarios, servidores y pensionistas de la administración pública reciben el aguinaldo en una sola repartición pública, debiendo ser otorgada en aquella que abona los incrementos por costo de vida.

En tanto que los internos de medicina humana y odontología, recibirán un aguinaldo de 100 soles no estando afecto a cargas sociales.

Mientras que los servidores del sector público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada se sujetan a lo establecido por la Ley 27735, norma que regula el otorgamiento de estas gratificaciones.

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