Osiptel sanciona a Telefónica por no ofrecer Internet individualmente
Multa a Telefónica fue de más de S/ 1.215,000 (300 UITs)
- Osiptel ganó en segunda instancia la apelación que hizo la empresa de telecomunicaciones
- Telefónica ofrecía algunos servicios de internet solo el servicio de telefonía fija (Dúos)
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) ratifica multa a Telefónica por S/ 1.215,000 (300 UITs) por incumplir disposiciones que prohiben vender solo Internet ADL acompañado de otros servicios.
Según el Tribunal de Solución de Controversias del entre regulador se ratificó la multa de S/ 1.215,000 (300 UITs), al comprobarse que no ofrecía el servicio de Internet individualmente.
Osiptel ganó en segunda instancia la apelación que hizo la empresa de telecomunicaciones a sanción por norma que prohibe la venta de Internet ADSL condicionada a la adquisición de una línea de telefonía fija en paquetes Dúos o Tríos.
Según el Tribunal de Solución de Controversias del entre regulador se ratificó la multa de S/ 1.215,000 (300 UITs), al comprobarse que no ofrecía el servicio de Internet individualmente.
Osiptel certificó que Telefónica existían algunas velocidades de internet ADSL que solo se ofrecían con el servicio de telefonía fija (Dúos), a pesar que se ordenó el desempaquetamiento de todas las modalidades de este servicio.
El ente regulador encontró que la empresa vendió paquetes Dúos internet ADSL y telefonía fija, a un precio menor que el servicio individual de internet.Por esta razón el Tribuanl de Solución de Controversias consideró que estas conductas incentivaron artificialmente la contratación de servicio de acceso a internet vinculado al de telefonía fija.
El ente regulador constató que los asesores de venta de Telefónica no informaban adecuadamente a los usuarios, pues negaba la posibilidad de contratar el servicio de internet ADSL de manera individual.
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