El Tribunal Constitucional paraliza la demolición del complejo de Valdecañas

El pleno del tribunal ha adoptado la medida con seis votos a favor y cinco en contra

Rodrigo Cardona
Bolsamania | 21 jun, 2023 07:18 - Actualizado: 07:20
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Fachada y entrada al edificio del Tribunal Constitucional Eduardo Parra - Europa Press - Archivo

El Tribunal Constitucional ha decidido paralizar la demolición del complejo residencial de lujo ubicado en Cáceres, la isla de Valdecañas, para poder estudiar los recursos de amparo presentados por la propia Junta de Extremadura, los Ayuntamientos de El Gordo y Berrocalejo así como la comunidad de propietarios de la urbanización.

En febrero de 2022, el propio tribunal había considerado que no existía ningún obstáculo para frenar el derribo del complejo ya que, según la sentencia emitida, fue "contrario a derecho" al ubicarse en una zona de la Red Natura 2000 de la Unión Europea así como sobre un espacio protegido de aves.

Según ha informado el propio tribunal, el argumento principal para detener la demolición ha sido la falta de un riesgo inminente así como poder garantizar que la corte de garantías pueda dictar una resolución judicial sobre el fondo del asunto. Los magistrados argumentan que esta decisión podría provocar un "perjuicio irreparable" si se ejecutase el derribo de la urbanización de lujo, al no haber sido respondidos los recursos presentados por las partes afectadas.

La medida ha sido aprobada con el beneplácito de los magistrados Enrique Arnaldo -ponente de la sentencia- , Ricardo Enríquez, Concepción Espejel, César Tolosa y Cándido Conde-Pumpido y Juan Carlos Campo. Han votado en contra los magistrados Laura Díez, María Luisa Segoviano, María Luisa Balaguer, Inmaculada Montalbán y Ramón Sáez.

El comienzo de este caso se fecha en 2011, año en el que el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura decidió anular el plan presentado en 2007 por la Junta de Extremadura. Esta decisión fue ratificada por el Tribunal el Supremo pero en 2021, el órgano jurídico extremeño declaró que se debería demoler únicamente las estructuras que no se habían finalizado.

Ante esta decisión el Supremo decidió que la demolición debería ser completa, siendo esta sentencia el objeto de los recursos presentados tanto por la Junta de Extremadura como por los municipios en los que se ubica este complejo y los propietarios.

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