Economía/Motor.- El Abogado General de la UE reconoce el derecho del comprador a pedir indemnización por el 'dieselgate'

Europa Press | 02 jun, 2022 11:47
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Archivo - Imagen de un tubo de escape de un vehículo.PEDRO DAVILA-EUROPA PRESS - Archivo

BRUSELAS, 2 (EUROPA PRESS)

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea Athanasios Rantos ha concluido este jueves que debe reconocerse al comprador el derecho a reclamar una indemnización a los fabricantes de automóviles equipados con dispositivos de manipulación de emisiones, en el caso conocido como 'dieselgate'.

El letrado ha explicado en sus conclusiones --publicadas este jueves y que no son vinculantes de cara a la futura sentencia-- que los Estados miembro son responsables de definir los métodos de cálculo de dicha indemnización, que debe ser "adecuada al perjuicio sufrido".

En sus conclusiones el Abogado General ha señalado que el Derecho de la Unión "obliga" a los Estados miembro a establecer que el comprador "tiene derecho a reclamar una indemnización al fabricante de vehículos" si está equipado con un dispositivo de desactivación "prohibido" y, ha añadido, que los países UE deben establecer "sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias".

El caso viene a raíz de una denuncia de un comprador de un modelo de Mercedes-Benz de ocasión equipado con un sistema de recirculación de los gases de escape provisto de una ventana térmica que presentó una demanda contra el fabricante ante el Tribunal Regional de lo Civil y lo Penal de Ravensburg (Alemania).

La ventana térmica permite reducir el porcentaje de recirculación de los gases de escape cuando las temperaturas exteriores son más bajas, lo que provoca un aumento de las emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx), por tanto, según el tribunal alemán, esta ventana térmica constituye un dispositivo de desactivación de emisiones prohibido.

En este marco, el tribunal de Ravensburg ha dirigido la pregunta al Tribunal de Justicia de la UE para determinar si se puede reclamar al vendedor aunque no haya constancia de que actuó con dolo y cómo calcular esa compensación.

En su dictamen, Rantos ha valorado que la normativa de la Unión relativa a la homologación defiende los intereses del comprador particular del vehículo, ya que mediante el certificado de conformidad CE el fabricante garantiza que cumple con las exigencias del Derecho de la Unión.

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