El Gobierno matiza que recopilará datos y la consideración de víctima de violencia de género requerirá reformas legales

Europa Press | 08 ene, 2020 21:53

SEVILLA, 8 (EUROPA PRESS)

El Gobierno ha precisado este jueves la instrucción emitida a distintas instituciones y administraciones sobre la consideración de víctimas de violencia de género que fue aprobada por el Gobierno central el pasado 4 de noviembre, aunque se ha conocido este miércoles, y responde a los compromisos adquiridos por España en la ratificación del Convenio de Estambul en 2014.

Tal y como ha informado la Delegación del Gobierno en Andalucía, la instrucción ha sido emitida conjuntamente por los ministerios de Presidencia e Igualdad, Interior, Justicia, Política Territorial y Trabajo y presentada a los responsables de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Según la matización realizada por el Gobierno, se recabará inicialmente datos sobre casos de otras víctimas de violencia por razón de género o de agresiones sexuales y su consideración como víctimas oficiales de violencia de género con todas las consecuencias legales será un proceso posterior que requerirá de las reformas legales pertinentes.

Así, según las nuevas atribuciones de las Unidades de Coordinación de Violencia de Género, las Delegaciones del Gobierno van a recabar y enviar información a la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género sobre todo tipo de violencia cometida contra la mujer contra razón de género, en cumplimiento con el convenio de Estambul suscrito por España, en el que se incluyen otros supuestos como la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual, la mutilación genital femenina o los matrimonios forzados.

Los compromisos adquiridos por España en la ratificación del Convenio de Estambul, en 2014, son un instrumento de carácter vinculante en el ámbito europeo en materia de violencia contra las mujeres y el tratado internacional de mayor alcance para hacer frente a esta grave violación de los derechos humanos.

Antes de dicho convenio, solo se consideraba violencia de género aquella que se ejercía sobre parejas que hubieran mantenido en el pasado o mantuviesen en el presente una relación de pareja, lo que supuso la unificación de toda forma de violencia hacia la mujer independientemente de que existiese una relación.

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