MADRID, 13 (EUROPA PRESS)
El Defensor del Pueblo ha advertido del número "insuficiente" de familias de acogida para menores en España y pide "mejorar las ayudas" para incentivar el acogimiento familiar frente al residencial, modelo en el que se encuentran más de la mitad de los menores que están dentro del sistema de protección (21.283 frente a 19.545 en familias, según los últimos datos, de 2018).
"El número de familias acogedoras con carácter general es insuficiente para el número de menores en situación de desamparo; en todas las comunidades autónomas se realizan campañas de divulgación del acogimiento familiar y captación de familias", indica el Defensor del Pueblo en su Informe Anual correspondiente a 2019, que la institución ha presentado este miércoles 13 de mayo en el Congreso.
A la institución le "preocupa" el "elevado" número de niños que el sistema de protección de menores todavía acoge en el modelo residencial. De acuerdo con el Boletín de Datos Estadísticos de Medidas de Protección a la Infancia, que publica el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, el número de acogimientos familiares fue 19.641 en 2016, 19.004 en 2017 y 19.545 en 2018. Los acogimientos residenciales fueron 14.104 en 2016, 17.527 en 2017 y 21.283 en 2018 (un repunte que el Defensor atribuye probablemente a la llegada de menores extranjeros no acompañados).
Además, el Defensor precisa que en estas cifras también hay que tener en cuenta que en España, el acogimiento en familia extensa "engrosa" las cifras de acogimiento familiar. Según los datos, en 2018, el 64% fueron acogimientos en familia extensa (tíos, abuelos, etcétera) frente al 36%, en familia ajena 6.978. Esto demuestra, según indica la institución, que el acogimiento en familia ajena tiene "un peso menor" en el conjunto del sistema y "encuentra todavía muchos obstáculos".
Por ello, el Defensor inició en 2019 una actuación de oficio con las demás comunidades autónomas, como ya había hecho antes con la Comunidad de Madrid, en la que solicitaba información sobre las medidas que habían adoptado para incentivar los acogimientos familiares. En el momento de elaborar el informe, todas ellas habían enviando sus informes, excepto Cataluña.
MAYORES DE 7 O CON DISCAPACIDAD
Del conjunto de respuestas, concluye que "existen mayores dificultades para encontrar familias en los casos de mayores de 7 años (en algunas CCAA, de más de 10 años o adolescentes), grupos de hermanos o menores con necesidades especiales por presentar circunstancias como discapacidad, problemas graves de salud, trastornos psiquiátricos, trastornos de conducta o ser menores extranjeros no acompañados.
Además, según precisa el Defensor, las comunidades autónomas se muestran de acuerdo en que habría que desarrollar los acogimientos profesionalizados, al menos para estos casos de especial dificultad, pero, a la vez, indican que no han desarrollado esta figura al presentar "problemas para su encaje legal y laboral con la entidad pública de protección (alta e inscripción en la Seguridad Social y tipo de contrato)".
Asimismo, la institución concluye que las cuantías de las prestaciones y ayudas que reciben las familias acogedoras son "escasas", y eso hace que el sistema dependa "casi en exclusiva del altruismo de las familias oferentes". Por ello, el Defensor del Pueblo considera necesario "mejorar las ayudas, dar más y mejor apoyo, así como formación a las familias acogedoras, aumentar el número de familias capacitadas para acogimientos especializados y desarrollar el acogimiento profesionalizado".
También recomienda a la Administración que tenga en cuenta el interés superior del menor en casos de menores que pasan varios meses o incluso años en una familia de acogida de urgencia y a los que de pronto se les envía con otra familia.
QUEJAS SOBRE SEPARACIÓN DE MENORES
Por otro lado, del informe se desprende que los temas "recurrentes" de las quejas recibidas por la institución en relación al sistema de protección de menores tienen que ver con "las demoras en resolver las solicitudes de visitas con los hijos o hermanos, la disconformidad con la resolución de la Administración, al no quedar suficientemente motivadas las razones de separación de los menores, o el desconocimiento de las actuaciones que deben realizar los progenitores, tutores o guardadores para recuperar la custodia de sus hijos".
El Defensor señala que la mayor parte de las actuaciones iniciadas se acaba finalizando al constatar que existe un pronunciamiento judicial y avisa de que son "muchos" los padres que, cuando se dirigen al Defensor del Pueblo, no hacen mención a que tienen en curso un procedimiento judicial.
A su juicio, los servicios sociales y las entidades públicas de protección deben "extremar en sus actuaciones el respeto a las normas, con el fin de evitar posibles vulneraciones de los derechos de las partes implicadas, teniendo siempre presente la exigencia legal de suficiente gravedad respecto a las causas que justifican la declaración de desamparo.
SITUACIÓN "CRÍTICA" EN EL CENTRO DE HORTALEZA
El Defensor también advierte de que ha "empeorado considerablemente" la situación del Centro de Primera Acogida de Menores de Hortaleza (Madrid), siendo "crítica" en la actualidad, tal y como aprecia apartir de los informes recibidos de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid, de las quejas presentadas y de las noticias que aparecen en los medios de comunicación.
En concreto, alerta de la "sobreocupación" que "persiste y es excesiva desde hace años". "Vulnera los derechos de los menores acogidos, hace que se incrementen los conflictos e impide la realización adecuada de las preceptivas intervenciones de valoración y educativas con los menores", señala la institución en su Informe Anual.
Si bien, precisa que, a pesar de las recomendaciones formuladas por el Defensor del Pueblo, la consejería no adopta las medidas que requiere esta situación. Por ello, en 2019, ha continuado insistiéndole en la necesidad de adoptar medidas "con urgencia". También ha formulado nuevas recomendaciones para que se limite el número de plazas de los centros Isabel Clara Eugenia y Hortaleza; que se creen nuevos recursos que sean suficientes para ubicar a los menores que se encuentren en primera acogida; y que se adopten medidas para evitar que el tiempo máximo de estancia en los centros de primera acogida supere los tres meses.