Avisa de que no puede ser derivado a un CIE por falta de plazas en centros de acogida
BRUSELAS, 30 (EUROPA PRESS)
Un Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha avalado este jueves que un migrante pueda solicitar asilo ante el juez de instrucción tras ser interceptado en su intento por llegar de manera irregular a suelo europeo aunque el derecho español no reconozca estos juzgados como autoridad competente para registrar las peticiones de protección internacional.
Además, el letrado europeo advierte de que las personas que solicitan protección internacional no pueden ser llevados a Centros de Internamiento para Extranjeros (CIE) --unas instalaciones policiales de carácter no penitenciario diseñadas para poder ejecutar la expulsión del territorio nacional--, salvo en condiciones muy excepcionales recogidas en las reglas de la UE y entre las que no figura la falta de plazas disponibles en un centro de acogida.
En su dictamen, el abogado europeo considera "difícil admitir" esta justificación por la importancia del derecho a la libertad consagrada en la Carta europea. Asimismo, apunta que debido a la "gravedad de la injerencia" que constituye una medida de internamiento en esa libertad solo puede aplicarse "dentro de los límites de lo estrictamente necesario".
La opinión del magistrado responde a una cuestión prejudicial sobre el caso de un migrante maliense que fue detenido junto a otras 44 personas cuando intentaban llegar en patera a la isla de Gran Canaria y que pidió protección internacional cuando fue llevado ante el juez en el Juzgado de Instrucción n° 3 de San Bartolomé de Tirajana (Las Palmas).
Según el abogado europeo, "no es razonable" excluir a las autoridades judiciales del concepto de "otras autoridades que es probable reciban solicitudes de protección internacional" que define la directiva como competentes para registrar las peticiones. Sobre todo, añade, cuando en la práctica son las únicas autoridades ante las que un migrante interceptado en su entrada irregular tiene la oportunidad de solicitar protección internacional.
De este modo, el Abogado General Maciej Szpunar contraviene al Ministerio Fiscal español que recurrió la decisión del juez de instrucción que atendió la petición de asilo y pidió que los demandantes --el nacional malí y una veintena más-- fueran trasladados a centros de acogida.
La Fiscalía consideró que el juez se había excedido en el ejercicio de sus competencias jurisdiccionales por aceptar recibir dicha solicitud y buscar un alojamiento de primera acogida para las veintiséis personas citadas.
El dictamen del abogado general no es vinculante para la sentencia que deberá dictar el Tribunal de Justicia de la UE más adelante, aunque la Justicia europea sigue en la gran mayoría de los casos la línea marcada por estas conclusiones.