El decreto del Estado de Alarma permite el rango horario comprendido entre las 22:00 y las 7:00 horas
El Tribunal Supremo ha acordado este martes la suspensión cautelar del adelanto del toque de queda a las 20 horas acordado por el Gobierno de Castilla y León e impulsado por el presidente de la región, Alfonso Fernández Mañueco.
En la lucha para frenar la tercera ola de la pandemia, la Junta de Castilla y León había decidido imponer el toque de queda en la región a las 20.00 horas, hora que no estaba avalada por el Ministerio de Sanidad, ya que el decreto permite tomar medidas en el rango horario comprendido entre las 22:00 y las 7:00 horas.
La Abogacía del Estado, en representación del Gobierno, decidió recurrir la medida ante el Alto Tribunal y solicitó su suspensión cautelar ya que cree que infringe la regulación mencionada en el decreto del estado de alarma. Según fuentes jurídicas recogidas por 'El Mundo', la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal acordó este martes suspender el adelanto del toque de queda decretado por Castilla y León.
Hasta el momento, la Sala no se ha pronunciado sobre el fondo del asunto ya que solo ha acordado estimar la medida cautelar promovida por el Ministerio de Sanidad.