CSIF lamenta que el accidente de trabajo no será reconocido en "la inmensa mayoría de empleados públicos"

Europa Press | 27 may, 2020 13:18
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Varias personas caminan por una calle durante el segundo día de la Fase 1 en Barcelona en el que se permiten reuniones de hasta diez personas. Catalunya (España) a 26 de mayo de 2020.David Zorrakino - Europa Press

MADRID, 27 (EUROPA PRESS)

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha lamentado que el Real Decreto-Ley aprobado por el Gobierno para reconocer el accidente laboral por contagio o fallecimiento de COVID-19 se limite solo al personal sanitario y sociosanitario, excluyendo al resto de empleados públicos.

"Personal de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, Instituciones Penitenciarias, Justicia, Emergencias, Correos, cajeras de supermercado, personal de la alimentación, repartidores de comida y un largo etcétera de profesiones que desde el minuto 1 de la crisis han estado en primera línea, entre otros, quedan fuera de esta medida", lamentan.

Además, según el texto del Real Decreto-Ley, los efectos de la medida no se aplicarán para las personas contagiadas antes de la entrada en vigor de esta norma y tiene efectos de caducidad, ya que solo se considerarán los contagios "hasta un mes posterior a la finalización del Estado de Alarma". CSIF ha anunciado que intentará modificar esta norma cuando se convalide en el Congreso de los Diputados.

CSIF fue el primer sindicato que el pasado 5 de marzo solicitó que el contagio por el COVID-19 debería ser considerado a todos los efectos accidente de trabajo, reiterándolo en varios escritos incluso remitidos al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el pasado 29 de abril.

Hasta ahora este tipo de contingencias se consideraban como accidente de trabajo solo en los casos que se pruebe que el contagio de la enfermedad se ha contraído con causa exclusiva en la realización del trabajo. A partir de ahora, valdrá únicamente con que se acredite por los servicios de Prevención de Riesgos laborales y Salud Laboral y también a efectos de indemnizaciones por secuelas. Este reconocimiento facilita la reclamación del recargo de prestaciones económicas, que CSIF ha puesto en marcha para sus afiliados, por incapacidad temporal derivadas del contagio, que se verán incrementadas entre un 30 y un 50 por ciento según la gravedad de la falta.

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