Los derechos al medio ambiente y a la salud priman sobre las multas
El juzgado nº 7 de lo Contencioso-Administrativo ha dictado este viernes la suspensión cautelar de la moratoria de multas decretada por el Ayuntamiento el pasado 27 de junio en respuesta al recurso de la organización Greenpeace. Insiste en la obligación de proteger la salud y el medio ambiente "exigible en mayor medida" por no ofrecer alternativas al desmontar una medida que defendía "ambos bienes constitucionales".
Se trata del tercer golpe judicial al plan del Ayuntamiento de Madrid para desactivar Madrid Central mediante la supresión temporal de multas. Entre otros razonamientos jurídicos, el magistrado expone en la resolución de 20 folios que "la protección a la salud y al medio ambiente son principios que deben regir la actuación de los poderes públicos, y en este caso es exigible en mayor medida dado que se está suprimiendo una actuación tendente a proteger ambos bienes constitucionales, sin ofrecer alternativas ni medidas opcionales".
"La Administración cuenta con medios suficientes para depurar las anomalías que puedan producirse en un procedimiento sancionador", explicó el magistrado del juzgado Nº7.
Este auto coincide con los otros dos ya firmados y que han entendido que la protección a la salud y el medio ambiente deben primar en la acción de los poderes públicos y que la decisión del Ayuntamiento dirigido por José Luis Martínez-Almeida (PP) y Begoña Villacís (Ciudadanos) apoyados por Vox no cumple, al menos de momento, con este precepto.
De hecho, el magistrado del juzgado número 7, Carlos Sánchez Sanz, es el mismo que el pasado 16 de julio ordenó la reinstauración de las multas al paralizar provisionalmente el acuerdo de la Junta de Gobierno que las congeló.
También habían "afeado" estos jueces al equipo municipal que decretasen la desactivación del sistema automatizado de multas sin ofrecer una alternativa para mantener la zona de bajas emisiones a pleno rendimiento.
En el segundo auto, emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid nº 7, contestaba al recurso presentado por el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Madrid. Aseguraba que la Administración local "no ha acreditado de forma clara que las medidas que suponen la zona de bajas emisiones Madrid Central hayan supuesto un perjuicio para el medio ambiente y la salud de las personas". Los autos podrán ser recurridos por las parte en un plazo de 15 días.
PROMESA ELECTORAL
Antes de las elecciones municipales, el entonces portavoz del PP, José Luis Martínez-Almeida, afirmó que esta medida, punta de lanza del gobierno municipal de Manuela Carmena, se iba a revertir. Aseguró que no había sido eficiente y, sobre todo, que no se había conseguido el efecto perseguido, rebajar la contaminación en la capital.
Pese a que el Estado había esquivado de este modo la multa de la Unión Europea por no rebajar los niveles de contaminación, PP echó mano de los índices de contaminación de las estaciones de medición para reafirmar su argumentación. Desde entonces siempre han mantenido que la única estación en la que la contaminación disminuyó fue en la del Carmen.