La medida seguramente se anuncie en el próximo Consejo de Ministros
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, anunció en su discurso en el debate sobre el estado de la nación una serie de medidas destinadas a mejorar la situación de “las familias más desfavorecidas”, según palabras del propio mandatario popular. Varias de estas medidas se enmarcan en la Ley de Segunda Oportunidad, que regula la situación de deudores en una “situación extrema de dificultad económica”.
En base a estas informaciones, publicadas este jueves por Vozpópuli, el Ejecutivo podría aprobar la medida este mismo viernes en el próximo Consejo de Ministros. Esta nueva norma modifica los parámetros que establecía la normativa anterior y hace que haya más personas cubiertas por la medida, principalmente en el tramo más joven de edad.
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DACIÓN EN PAGO
La redacción del texto, añade el digital, se ha elaborado en colaboración con representantes del sector financiero, con quien los miembros del Gobierno habrían compartido los primeros borradores de la nueva ley. Pero los puntos fuertes de la norma son dos. El primero, la ampliación de la dación en pago para determinados supuestos. Mientras, el segundo es la prohibición de las cláusulas suelo en los préstamos hipotecarios.
El Gobierno ha compartido con representantes del sector financiero los primeros borradores de la nueva ley
Entre las nuevas condiciones ventajosas que incluye el nuevo texto, se encuentra un incremento de las viviendas que pueden entrar en un proceso de dación en pago, y que se suman a las que ya recogía el código de buenas prácticas aprobado en 2012, base de la nueva ley. Ahora, se podrán incluir viviendas de un valor más elevado que el anterior.
Hasta la reforma legislativa, los préstamos hipotecarios que se podían saldar por dación en pago estaban condicionados por dos parámetros que ahora se amplían, que eran el valor de la vivienda y la población del municipio en el que se encuentra, junto a importantes circunstancias personales. Además, se tenían que cumplir una serie de requisitos personales que afectaban a la unidad familiar del deudor.
CIRCUNSTANCIAS ANETRIORES
Entre estas circunstancias, que se tenían que dar en todos los casos, se encontraba que la unidad familiar careciera de rentas derivadas del trabajo, que el crédito superara el 60% de los ingresos familiares, que no hubiera más bienes patrimoniales o que el préstamo recayera sobre la vivienda en la que reside la familia, entre otras circunstancias.
Ahora, la norma también incluye la obligatoriedad de la dación en pago en el caso en que los deudores hayan liquidado todos sus bienes patrimoniales y no dispongan de más recursos para saldar la deuda con el banco con un abanico más amplio de personas beneficiadas.
Mientras, el Tribunal Supremo confirmó este miércoles en un comunicado la nulidad de las cláusulas suelo de las hipotecas de BBVA, Novagalicia y Cajas Rurales, después de que la corte considerara en 2013 que estas cláusulas eran abusivas y poco transparentes.
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