Por una ajustada mayoría de seis votos contra cinco, todos ellos del bloque conservador
El Pleno del Tribunal Constitucional ha concluido que determinados aspectos del decreto por el que se declaró el primer estado de alarma frente a la pandemia de coronavirus son inconstitucionales. La resolución ha salido adelante por una ajustada mayoría de seis votos contra cinco.
La decisión ha mantenido dividido hasta ahora al cónclave, que ya optó el pasado junio por aplazar el asunto a la convocatoria de esta semana, en la que los jueces han analizado la ponencia que cuestiona la constitucionalidad de algunas medidas de restricción de movilidad, como el confinamiento domiciliario, aplicadas por el Ejecutivo de Pedro Sánchez al inicio de la pandemia.
Tras varios plenos de deliberación, finalmente el voto de la vicepresidenta, Encarnación Roca, ha sido decisivo para inclinar la balanza a favor de los cinco magistrados -todos ellos del bloque conservador- que han estimado que el paraguas legal para adoptar el confinamiento general de la población debía haber sido el estado de excepción y no el de alarma.
Los otros cinco -tres de corte progresista y dos conservador-, por contra, han seguido considerando que el Gobierno actuó correctamente optando por el estado de alarma para decretar el confinamiento domiciliario.
De esta forma, según avanzan las fuentes consultadas, la mayoría del tribunal ha votado a favor de la ponencia del magistrado Pedro González Trevijano, que decreta la inconstitucionalidad del estado de alarma. Tanto la sentencia como los previsibles votos particulares se conocerán en los próximos días.