Porque lo considera una medida prematura
El tribunal del Supremo que juzgó la causa del procés ha acordado revocar el tercer grado penitenciario concedido por el departamento de Justicia de la Generalitat catalana a los 9 condenados a penas de prisión, al considerar que se trata de una medida prematura.
La Sala destaca que es preciso que transcurra un periodo de tiempo mayor para evaluar adecuadamente la evolución del interno y el tratamiento penitenciario, máxime cuando se trata de condenas elevadas (de 9 a 13 años de cárcel) de las que ninguno ha cumplido la mitad, y la mayoría ni siquiera una cuarta parte.