Toque de queda nocturno y las otras medidas del nuevo estado de alarma

Se prevé que se declare una prórroga transcurridos los 15 primeros días hasta el 9 de mayo

Bolsamanía
Bolsamania | 25 oct, 2020 17:06 - Actualizado: 12:17
ep el presidente del gobierno pedro sanchez en un video para la onu
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en un vídeo para la ONU.ONU

El avance de la pandemia de Covid y la alarmante incidencia de la segunda ola han obligado al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a decretar un nuevo estado de alarma, siete meses después del primero, que pretende aprobar desde el inicio con una duración de seis meses y que afecta, fundamentalmente, a la movilidad nocturna. A diferencia del anterior no paraliza la actividad del país ni impone el confinamiento domiciliario de los ciudadanos.

Así, la fecha estimada para levantar las nuevas medidas es el 9 de mayo, con lo que se cubrirían los meses de invierno y primavera, donde se espera una fuerte incidencia del virus, según técnicos consultados por Moncloa. El objetivo del Gobierno es lograr una incidencia acumulada por debajo de los 25 casos por cada 100.000 habitantes. La incidencia actual es de 368 casos.

Por ahora, la alarma que entra en vigor este mismo domingo, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), contempla las siguientes medidas:

- El Gobierno establece un toque de queda nocturno que limita la movilidad de personas, salvo razones justificadas, desde las 23.00 horas hasta las seis de la madrugada de ámbito nacional. Esta prohibición de movilidad en horario nocturno es de aplicación en todo el país, salvo en el caso de Canarias cuya evolución epidemiológica es muy positiva.

Las comunidades autónomas pueden modular la aplicación de este toque de queda, adelantando a las 22.00 horas o retrasándalo hasta las doce de la noche. También, para que finalice a las cinco o las siete de la madrugada.

- Los Gobiernos autonómicos reciben la facilitación de aplicar un cierre de entrada y salida de todo su territorio o parte de él, con excepciones justificadas para ciudadanos que deban desplazarse por motivos sanitarios, educativos, laborales o cuidados de familiares, entre otros, según recoge Europa Press.

- Las CCAA pueden limitar reuniones sociales que superen las seis personas, salvo convivientes.

- Las comunidades autónomas son las autoridades delegadas de ejecutar su cumplimiento, pero se establece que el órgano de cogobernanza entre el Gobierno y las CCAA es el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

- El ministro de Sanidad rendirá cuentas de su evolución cada 15 días.

- El Consejo Interterritorial puede reducir o ampliar medidas en función de la evolución de la pandemia.

-Tras los primeros 15 días de vigencia, el Gobierno llevará al Congreso de los Diputados la prórroga de la vigencia del estado de alarma para los próximos seis meses, hasta el 9 de mayo.

contador