En concreto, a Oriol Junqueras, Raül Romeva, Joaquim Forn, Jordi Turull y Josep Rull y los Jordis
La juez de vigilancia penitenciaria ha avalado el tercer grado que el Departamento de Justicia concedió a los siete líderes independentistas presos en la cárcel de Lledoners (Barcelona), pero lo mantiene suspendido a la espera de que se pronuncie el Tribunal Supremo.
En sus autos, la titular del Juzgado de vigilancia penitenciaria número 5 de Barcelona desestima los recursos de la Fiscalía contra el régimen de semilibertad otorgado a los exconsellers Oriol Junqueras, Raül Romeva, Joaquim Forn, Jordi Turull y Josep Rull y los Jordis, al entender que el Departamento de Justicia ha actuado "correctamente" al clasificarlos en tercer grado.
No obstante, mantiene suspendido el régimen abierto de esos siete políticos presos, hasta que la sala segunda del Supremo, que como tribunal sentenciador tiene la última palabra en la clasificación de los condenados por el 'procés', resuelva sobre los recursos de apelación de la Fiscalía.
Hasta ahora, el Supremo solo ha tenido una ocasión de pronunciarse sobre la flexibilización penitenciaria de los presos del 'procés' y lo hizo para revocar las salidas laborales que se autorizaron a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell en virtud del artículo 100.2, que consideró "injustificable" puesto que a su parecer suponía un régimen de semilibertad "de facto".
Los siete presos de Lledoners disfrutaron apenas quince días del tercer grado que el Departamento de Justicia les concedió el pasado 14 de julio, puesto que la juez de vigilancia suspendió sus salidas, a la espera de resolver sobre el fondo de la cuestión, después de que la Fiscalía así lo reclamara en sus recursos contra la nueva clasificación.
Por el contrario, los juzgados de vigilancia a quienes correspondía revisar el tercer grado de las dos mujeres encarceladas en Wad Ras y Puig de les Basses, Forcadell y la exconsellera Dolors Bassa, rechazaron suspenderles el régimen de semilibertad, mientras deciden sobre los recursos del ministerio público, que aún no están resueltos.
Los siete autos, que pueden ser recurridos ante la propia juez antes que al Supremo, sostienen que los presos de Lledoners reúnen los requisitos para pasar al régimen de tercer grado, puesto que admiten los hechos probados en sentencia y su responsabilidad en los mismos.
Además, la juez tiene en cuenta que los siete condenados han realizado en prisión programas y actividades de tratamiento con resultados "muy positivos" y que su riesgo de reincidencia y de quebrantamiento de la condena se mantienen bajos.