La nueva tarifa para comunidades de vecinos con gas natural también estará en vigor hasta fin de 2023
Hasta el 31 de diciembre de 2023. Es la fecha hasta la que estará vigente la limitación de la subida del gas al 5% en la tarifa regulada tras la prórroga aprobada por el Gobierno en el contexto del Plan Más Seguridad Energética aprobado la semana pasada. Hasta ahora, estaba previsto que la medida se aplicara hasta el último trimestre de este año.
La vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, ha dado los detalles de las nuevas medidas que se pondrán en marcha para paliar el impacto de los precios de la energía y que ya adelantaba el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, hace unos días.
El paquete de 73 medidas cuenta con una dotación cercana a los 3.000 millones de euros que serán financiados por los Presupuestos Generales del Estado (PGE). Ribera no ha descartado que el Ejecutivo pueda aprobar más medidas para combatir la actual crisis energética. Se estudiará "en función de cómo evolucionen las circunstancias", ha dicho.
En concreto, se plantea la creación de una nueva Tarifa de Último Recurso (TUR) destinada a las comunidades de vecinos que cuenten con gas natural. Estará vigente también durante todo 2023 y se calcula que permitirá que cerca de 1,7 millones de hogares con calderas comunitarias puedan reducir el coste de su calefacción un 50%.
"Nos parece importante incentivar y facilitar el ahorro en consumo energético en las comunidades de propietarios. Por eso calculamos el consumo medio en los últimos cinco años, y al 70% del consumo le aplicamos un descuento del 30%", ha explicado Ribera en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Para acogerse a esta nueva tarifa vecinal, las comunidades deberán cumplir dos condiciones: instalar contadores individualizados antes del próximo invierno y revisar el funcionamiento de la caldera.
En el resto de medidas que se incluyen en este último paquete está la ampliación de bono social para familias incrementando un 15% la cantidad de energía con derecho a descuento. Beneficiará 1,3 millones de hogares.
Se crea una nueva categoría temporal de consumidores eléctricos eléctricos con derecho a un descuento en sus facturas. Se incluirán a aquellos hogares que tengan ingresos inferiores a dos veces el Iprem (16.212,56 euros anuales). Con este punto, 1,5 millones de hogares podrán acogerse al nuevo bono de justicia energética, con rebajas del 40% en la factura de la luz.
A la vez, suben los descuentos del bono social: los consumidores vulnerables pasan del 60% al 65% y los más severos del 70% al 80%. Asimismo, se incrementa hasta final de 2023, con lo que la ayuda alcanzará desde la horquilla de 35 euros a 350 euros al año hasta 40 euros a 375 euros.
Además, a partir de ahora, las facturas de luz y gas de hogares y pymes tendrán que incluir información del consumo medio en el distrito y consejos para ahorrar. También se limitará al 5% la penalización que puede imponer una comercializadora de gas por romper el contrato antes de tiempo.
Por otro lado, se dará un impulso de las renovables con la simplificación de la tramitación de las instalaciones aumentando a 500kW el máximo de tamaño de plantas exentas de autorización y la ampliación a 1 kilómetro la distancia mínima entre el punto de generación de energía al lugar de consumo.
Además, con el objetivo de frenar el derroche lumínico en alumbrado, los requisitos mínimos de eficiencia aumentan un 119% para alumbrado funcional y un 163% para alumbrado ambiental y se permitirá una reducción del consumo del 39% y 67% en función del nivel de iluminación.
En el plano de la mejora de la eficiencia energética, se amplía hasta finales de 2023 la aplicación de la deducción prevista en el IRPF por obras para mejorar la eficiencia energética de la vivienda habitual de manera individual. La ampliación de la deducción se extiende hasta finales de 2024 en el caso de obras de rehabilitación energética realizadas en edificios de uso residencial.
Se introducirá además en el Impuesto sobre Sociedades una medida por la que los contribuyentes podrán amortizar libremente las inversiones que se efectúen en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica, así como aquellas instalaciones para uso térmico de consumo propio, siempre que utilicen energía procedente de fuentes renovables y sustituyan a instalaciones que utilicen energía procedente de fuentes no renovables de origen fósil.
Actualmente, la ley prevé una serie de deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas, que van del 20% al 60% en función de la reducción de consumo obtenida y del tipo de inmueble, ya sea vivienda individual o edificio residencial.
Así, los contribuyentes pueden deducirse el 20% de las cantidades invertidas por las obras de rehabilitación o mejora, encaminadas a reducir la demanda de calefacción y refrigeración en un 7% en una vivienda individual. En este caso debe tratarse de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual. La deducción puede ascender hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.
También se contempla una deducción del 40% por actuaciones de rehabilitación que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejoren la calificación energética, alcanzando las letras 'A' o 'B'. En este caso también debe tratarse de la vivienda habitual o que se destine al alquiler como tal. El consumidor puede obtener una deducción de hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda.
En los edificios residenciales, se contempla una deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación, alcanzando las letras 'A' o 'B' en el edificio donde se lleve a cabo las obras de mejora, que deben afectar al conjunto del inmueble. En ese caso, pueden acogerse las personas físicas en cuyo edificio se hayan realizado obras de mejora o rehabilitación en las que se obtenga una reducción de al menos un 30% del consumo de energía, acreditable a través del certificado de eficiencia energética del edificio, o mejora de la calificación energética del edificio. La deducción puede ser de hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda.
En las deducciones por las obras realizadas para reducir el consumo de calefacción y refrigeración en el caso de una vivienda individual, se ampliará hasta el 31 de diciembre de 2023 el ámbito temporal de aplicación de la deducción prevista en el IRPF, con la finalidad de mejorar su eficiencia energética. En el caso de obras de rehabilitación energética realizadas en edificios residenciales, se podrá aplicar hasta el 31 de diciembre de 2024.