Entran en vigor las nuevas restricciones de Madrid contra los brotes de Covid-19

También se reduce el aforo del 75% al 60%

Bolsamanía
Bolsamania | 07 sep, 2020 08:52
ep la presidenta de la comunidad de madrid isabel diaz ayuso participa en el minuto de silencio por 20200524143903
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, participa en el minuto de silencio por las víctimas del Covid-19, en Madrid (España) a 14 de mayo de 2020.Comunidad de Madrid

Este lunes ya están en vigor en la Comunidad de Madrid las nuevas restricciones de actividades y acumulación de personas como medida para tratar de frenar el incremento de casos de Covid-19, que en las dos últimas semanas han disparado la cifra de contagios a 31.538 personas.

Las nuevas medidas, que el gobierno autonómico de Isabel Díaz Ayuso revisará con una periodicidad de 15 días, limita a un máximo de diez personas las reuniones tanto en espacios públicos como privados y reduce el aforo de un 75% a un 60% en velatorios y bodas.

Entre los cambios, destaca que, en cualquier agrupación o reunión de personas en el ámbito privado, ya sea en espacio público o en uno privado, se limita a diez el número máximo de personas no convivientes que se pueden juntar.

Hasta ahora ese límite se encontraba recogido únicamente para agrupaciones de personas en espacios públicos y se trataba de una recomendación.

También se reducen los asistentes en los grupos que se organizan para recorrer monumentos o museos. Así, las visitas en grupo a estos últimos, salas de exposiciones y otros equipamientos culturales pasan de 25 a 10 personas. Igualmente, se limita la actividad de guía turístico a trabajar con grupos de un máximo de diez personas.

MENOS AFORO EN CEMENTERIOS Y BODAS

Además, se reducen los aforos del 75% al 60% en lo relativo a las instalaciones funerarias, como cementerios, crematorios, o tanatorios. En este ámbito, el número máximo de asistentes se mantiene como hasta ahora, es decir, a los velatorios pueden acudir 50 personas si son al aire libre y 25 en espacios cerrados, mientras que a los entierros o cremaciones pueden asistir medio centenar de personas.

En cuanto a los lugares de culto también se reduce el aforo del 75% al 60% así como en ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas o civiles. Las celebraciones que pudiesen tener lugar tras estos acontecimientos, es decir, los banquetes, se limitan también a un aforo del 60% del lugar o establecimiento donde se desarrollen. Además, sólo se realizarán con consumo de comida y bebida en mesa con los comensales sentados, no se permitirá el baile, ni la instalación de barras.

HOSTELERÍA

Respecto a la hostelería y restauración, para garantizar el adecuado cumplimiento de la distancia de seguridad en el sector, se introduce una precisión respecto a la manera de computar la distancia de seguridad entre mesas tanto en interior como en terraza.

Debe observarse una distancia de seguridad entre las mesas o agrupaciones de mesas de, al menos, 1,5 metros, desde las sillas asignadas a las diferentes mesas o agrupaciones de mesas (hasta ahora la distancia era de 1,5 metros entre las distintas mesas).

En cuanto a la actividad de restauración en barra, se restringe la barra al 50% de ocupación. El aforo en el interior de los establecimientos se mantiene como hasta ahora, en un 75%.

ESPECTÁCULOS

Las actividades de espectáculos públicos o recreativos en recintos y espacios que no se dedican de manera habitual a dichas actividades no se autorizarán y tampoco los festejos taurinos, hasta nueva orden. Además, se reduce el aforo de las salas multiusos polivalentes del 50% al 40%. En cuanto a los locales de apuestas, casinos e hipódromos, se rebaja el aforo del 75% al 60%, una medida que se aplica en el mismo sentido en los centros recreativos, parques de atracciones, zoológicos y acuarios.

HOTELES MEDICALIZADOS

También se prevé, en caso necesario, la posibilidad de habilitar espacios públicos y privados, como hoteles con equipos médicos, para realizar el aislamiento de personas o grupos familiares por ser contactos estrechos de casos positivos o sospechosos que necesiten seguimiento médico.

La Dirección General de Salud Pública duplicará los equipos de seguimiento de casos positivos y contactos, los conocidos como rastreadores. Se pasará de los 566 efectivos actuales (366 integrados en Salud Pública y 200 operadores) a casi 1.100.

Ya están en tramitación 121 nuevos contratos en Salud Pública y en los próximos días se formalizarán los de otros 400 nuevos operadores en el Centro de Atención Personalizada (CAP), lo que suma un total de 1.087 efectivos. A esto hay que añadir los 150 militares del Ejército que comenzarán su formación específica de los procedimientos a partir de la próxima semana.

CAPACIDAD DIAGNÓSTICA

Por otro lado, la Consejería de Sanidad va a comprar dos millones de test rápidos de antígenos, entre cuyas principales ventajas está el poder realizarse donde se encuentra el paciente y obteniendo el resultado en 10 o 15 minutos.

Estos tests de detección viral han sido recientemente aprobados por la Food and Drug Administration (FDA) y el Centers for Disease Control and Prevention (CDC), de Estados Unidos, teniendo una correlación muy similar a la PCR con una especificidad del 100% y una sensibilidad entre el 84 y 97%.

Funcionan mediante la toma de una muestra nasofaríngea con hisopo y se procesa en el lugar de la atención. Su principal utilidad es para pacientes sintomáticos en los primeros días de enfermedad, y también se pueden utilizar para cribados en asintomáticos.

contador